lunes, 4 de abril de 2016

Cambiando un poco el tema,

ya ha comenzado la Operación Renta, época de Balances y Declaraciones.
Para el año comercial 2015 y tributario 2016, la tasa de primera categoria es de un 22.5 %, y para el próximo año será de un 24 %.
Ha cambiado el formulario con el cual se trabaja en el sitio de Impuestos Internos, al menos he encontrado que resulta más sencillo trabajar en él.
Existe en general la creencia, que es una época en la cual se devuelve impuestos, y muchas personas piensan además que se devuelve el impuesto al valor agregado, IVA: Nada más lejos qde la realidad.
A las personas que tributen, tanto en primera como en segunda categoria, eventualmente de acuerdo a su situación personal y en algunos casos incluyendo su conyuge, les puede resultar una devolución de impuestos, pero esa devolución proviene del impuesto a la renta del trabajo o del impuesto a la renta de primera categpria..
Pero por supuesto, tambien le puede resultar un pago de impuestos, cuando todos los creditos que pueda aplicar, no son suficientes para pagar el impuesto determinado.
En caso que deba pagar impuestos, lo primero que debe pensar, digo, es analizar a manera de generar un ahorro que le pueda significar, -ya para el próximo año- un cambio en la tasa que deba pagar, si se encuentra afecto al cálculo de Inpuestos del Global Complementario.
Si  no hace nada, no espere el próximo año pagar menos o no pagar.
Hace poco tiempo,  el año pasado,  le señalé a un Administrador, la manera de rebajar sus impuestos ya que paga una suma elevada. No me hizo caso, el resultado, ahora también debe pagar una suma elevada.
Y después me llama para quejarse de sus elevados impuestos.
A poner atención entonces, al llenado de la declaración, no vaya a ser que por un descuido finalmente sea objetada.
Antes de enviarla, revisela.


 

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