lunes, 29 de febrero de 2016

En la respuesta es donde se debe trabajar

Como ya hemos comentado:
E + R = RE
E = Evento
R = Respuesta
RE = Resultados
Es en la Respuesta en donde se debe trabajar para influir en los Resultados.
Para muchos Eventos no es posible hacer nada, pues generalmente no se sabe cuando sucederán, por ejemplo un terremoto.
Desafortunadamente para otros eventos, que sí han ocurrido en el pasado y existe la posibilidad que se repitan, a veces se generan las condiciones para que una vez generados, la respuesta sea absolutamente insuficiente.  
Los tsunamis, han dejado en evidencia que mucha personas construyen su hogar cerca de la orilla del mar, generando con ello condiciones inseguras y que luego de enfrentados a un desastre, vuelven a construír en el mismo lugar.
Pero veamos el caso de un incendio en un edificio.
El Plan de Emergencias es una herramienta que nos ayuda a conocer en que condiciones se encuentra el edificio y pueden resultar varias acciones en pro de mejorar una respuesta.
Pero si esas mejoras no se concretan, no es mucho lo que se puede avanzar, y se pueden mantener las condiciones inseguras que se ha tratado de eliminar.
El algunos casos nos ha tocado ver redes húmedas sin las mangueras, no ha existido señales de seguridad instaladas, pero afortunadamente luego, se han instalado las mangueras y las señales, es decir, se han mejorado las condiciones para enfrentar un incendio.
Pero además, se han adquirido extintores y se han instalado en los lugares señalados, una mejora más.
Se han establecido Procediimuentos para enfrentar las emergencias, en otras palabras, se han señalado las acciones a ejecutar para mejorar la Respuesta.
Todo el trabajo se encuentra dirigido a mejorar la Respuesta, y con ello es posible influir en la obtención de un mejor Resultado ante una situación de emergencia.
Todo el trabajo no se hace por su mismo con solo pensarlo, o peor aún, con pensar que el Administrador debe o debió haberlo ejecutado, el trabajo es mancomunado, en la preparación de la Respuesta para enfrentar una o mas emergencias, todos deben participar, ya que llegado el momento, a todos nos puede afectar..
Si usted o su condominio, requieren el desarrollo de un Plan de Emergencias, no dude en escribirnos a editor@eladministrador.cl
    

Seminario Gratuito: Plan Integral de Seguridad Escolar

Tal y como ya había comentado, próximamente se desarrollará un Seminario Gratuito a traves de Internet, sobre el Plan Integral de Seguridad Escolar, los antecedentes son:
Antecedentes
Fecha:  10 de Marzo de 2016
Hora :11.30 hora de Chile
Duración: 1 Hora
Capacidad de la Sala : 100 personas
Valor : Gratuito, cero pesos
Objetivos
  • Cómo desarrollar el Plan Integral de Seguridad Escolar -PISE- conforme establece la Guía de Apoyo de la ONEMÍ 'Plan de Seguridad escolar', y las especificaciones contenidas en el 'Plan Nacional de Protección Civil', aplicando la metodología AIDEP y la planificación ACCEDER para el manejo de las emergencias. 
  • Cómo desarrollar el Reglamento de convivencia escolar para potenciar el 'Plan Escuela Segura', haciendo uso de las nuevas tecnologías. 
  • Adecuación normativa a la nueva Ley de Inclusión escolar. 
  • Potenciar el 'Plan Escuela Segura' fortaleciendo las medidas para prevenir y proteger a los estudiantes de todo tipo de riesgos, entre ellos el bullying, consumo de drogas y alcohol e incluso el abuso sexual. La idea es potenciar una cultura, un ambiente de constante prevención y cuidado en todos los establecimientos. 
  • Mejorar el clima escolar previendo diferentes riesgos psicosociales como el Grooming, el Bullying y las medidas para 'niños vulnerables'. 
  • Mejorar la Planificación, tanto de Simulacros, Ejercitación del plan y Evaluaciones. 
  • Profesionalizar el desarrollo documental.
Contenido
  • Estructura del Plan Integral de Seguridad 
  • Desarrollando el Plan Integral de Seguridad 
  • Nombrando el Comité de Seguridad 
  • Recopilando información 
  • Repartiendo tareas 
  • Evaluando riesgos 
  • Desarrollando los Planes Operativos de Respuesta ante Emergencias 
  • Planificando Simulacros 
  • Desarrollando el Reglamento de Convivencia Escolar y su adecuación a la Ley de inclusión escolar 
  • Obtención de informes y documentos 
  • Publicación y divulgación del Plan Integral de Seguridad 
  • Mantenimiento anual del Plan Integral de Seguridad y del Reglamento de Convivencia Escolar. 
  • Cómo me pueden ayudar a mejorar la seguridad y la Convivencia.
Inscripciones
Las inscripciones se pueden efectuar desde ya, a traves de éste enlace 

Procedimientos Operativos para condominios. La solución

El contenido del Manual de Procedimientos Operativos para condominios, se encuentra dirigido a proporcionar una Respuesta para las decenas de actividades que se desarrollan al interior de un condominio.
Procedimientos para Asambleas, para el Comité de Administración, para el Administrador y para los Conserjes, se encuentran encaminados a mejorar el desempeño de cada uno de ellos.
Todo es factible de ser modificado. 
La experiencia nos indica como hacer las cosas, pero esa es nuestra experiencia, y es válida entonces la interrogante ¿cuál es la experiencia de un condominio?
Normalmente cada cierto tiempo se cambian los integrantes del Comité de Administración, se cambian los Conserjes, se cambia al Administrador y ello conlleva, en cierta medida, una pérdida de conocimiento en la organización del condominio.
Para muestra un ejemplo. 
Se cambian todos los integrantes del Comité de Administración, que estuvieron en sus cargos un poco más de dos años. Los nuevos integrantes llegan con todas las ganas de hacer bien las cosas pero, con cero experiencia en la Administración de un condominio.
Resulta evidente que el condominio va a resentir su actuación. las personas se deben adecuar a la nueva forma de trabajar del nuevo Comité de Administración, y sin olvidar, que el propio Comité, debe comenzar a trabajar entre ellos mismos.
Entonces si la situación se repite cada cierta cantidad de tiempo, más que avanzar se retrocede, o al menos no se avanza ya que cada cierto tiempo se deben comenzar de nuevo.
A ello apuntan los Procedimientos Operativos para condominios, a proporcionarle al condominio un modo de trabajo permanente en el tiempo, que sean las nuevas personas las que se adecúen a la "experiencia" del condominio y no al revés.
Todo ello va a facilitar el trabajo del Comité de Administración, de las Asambleas, de los Conserjes del Administrador, y de todos quienes asuman alguna responsabilidad en el condominio.
Las personas pueden cambiar, pero las normas de trabajo, permanecen inalterables.
Con ello, se pueden evitar tambien, que algunas personas que asumen cargos de representación, comiencen a actuar de manera personalista, generando roces en la comunidad que pyeden finalmente terminar en tribunales.
Como ya he señalado, tambien pueden ser mejoradas, pero no cambiadas cada cierto tiempo, de acuerdo a la experiencia de cada persona.
Con el uso de los Procedimientos Operativos para condominios, se le está proporcionando un conocimiento, una experiencia al condominio, como una persona ficticia, tal y como lo son.
Para más información visite nuestra página web.

domingo, 28 de febrero de 2016

E + R = RE

E  =  Evento
R  =  Respuesta
RE = Resultados
Veamos algunos ejemplos:
Si sucede un accidente en una organización que deba ser denunciado a la Autoridad Sanitaria y a la Inspección del Trabajo, y no se informa de manera inmediata, ¿cuál es es el resultado?
Sabemos que el evento es el accidente
La respuesta es la no información de manera inmediata
El Resultado: una infracción laboral. Una elevada multa administrativa. Por una parte.
En el mismo caso, no se había informado los riesgos del trabajo, al trabajador accidentado.
Un Resultado adicional: eventualmente pagar indemnizaciones de alto valor económico decretada por los tribunales de justicia luego de una demanda.. 
Otro ejemplo.
Un sismo, luego del cuál las personas evacúan un edificio, en el cual no se ha desarrollado el Plan de Emergencias.
El Evento: el sismo
La Respuesta: :la evacuación espontánea
El Resultado: de acuerdo a lo que la buena suerte nos procure en ese momento, que luego tambien puede terminar en un doloroso problema económico, tanto para el C. de Administración, como para toda la comunidad.
El sismo puede ocurrir en cualquier momento, estamos en una zona sísmica, y debemos estar acostumbrados a enfrentar cada cierto tiempo un terreemoto.
Lo más sensato (además que es una obligación legal), es entonces tener un plan de respuesta, un Plan de Emergencias, que le indique a las personas del edificio que deben hacer amtes, durante y después del sismo.
Si ello  no se hace, cada uno de los lectores puede imaginar las consecuencias, pero nada indica que serán exitosas, más bien no se pueden evaluar.
Pero si se tiene un Plan de Emergencias, tal vez la respuesta no sea todo lo exitosa que se pueda esperar, pero se pueden obtener lecciones y mejorar ese Plan. Por ejemplo si se tiene un Procedimiento Operativo para Evacuar el edificio, puede constituir una relativa buena respuesta y los resultados los esperados, pero igual es posible que algunos aspectos deban ser mejorados.
Los Resultados, por supuesto que pueden ser mejores que no tener una Respuesta para enfrentar esa emergencia,
Al momento de entregar un Plan de Emergencias, recomendamos que los habitantes del edificio, al menos un día de la semana utilicen las vías de evacuación, ¿para qué?, sencillo, para conocer el camino que eventualmente ante una emergencia, deban tener que utilizar y así, no les resulte un camino tan desconocido.
Pero lo que deseo transmitir, es que enfrentados a un evento de emergencias, si no se tiene preparada una Respuesta, el resultado no será el mejor. 
Solamente el azar nos entregará esa Respuesta, y ciertamente esa no es la mejor situación.
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sábado, 27 de febrero de 2016

El Reglamento Interno de Higiene y Seguridad

Hacia finales del mes de Enero, conversando con un Administrador de un condominio al cual le desarrollamos su Plan de Emergencias, le consulté y solicité para mirar, su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
El Administrador también se había hecho cargo hace poco tiempo del condominio.
Mirando las norma referidas a la Obligación de Informar los riesgos del trabajo, le señalé que estaba mal redactado y que en caso de un accidente, que fuera investigado por la justicia, iba a tener problemas.
A decir verdad, no creyeron lo que le comentamos, incluso una persona que señaló tener amplia experiencia en el ámbito de la Administración de condominios, nos critico por lo señalado.
No habían pasado 10 días, cuando el Administrador no llama urgente para solicitar que le desarrollemos un nuevo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, ya que antes que asumiera en su cargo, había ocurrido un accidente grave, que estaba investigando la Autoridad Sanitaria, y uno de los aspectos consultados era como se informaba de los riesgos a los trabajadores.
La obligación de informar los riesgos, es una situacion principal en la relación laboral, y desafortunadamente muchos copian y pegan esta materia en sus Reglamentos, desconociendo las implicancias legales que ello puede acarrear a los empleadores, en caso de enfrentar un demanda por un accidente cubierto por la ley de accidentes del trabajo.
Desgraciadamente los empleadores, en éste caso en un condominio, y representados por el Comité de Administración, tampoco pueden hacer mucho,  pues además de desconocer la materia, confian en que el Administrador o teniendo el referido Reglamento, cumplen cabalmente con la obligación normativa. Pero no es así.
Más aún cuando se copia y lo copiado no responde a las exigencias de la norma legal.
Lo complicado, resulta cuando ha ocurrido el accidente y se descubre que no se han cumplido las normas laborales, y que de acuerdo a lo señaldo en su Reglamento,era imposible cumplirlas.
Una norma legal muy fácil de cumplir, se incumple, desconociendo además que se incumple y generando con ello, una posibilidad cierta que frente a una demanda, el empleador se vea en la obligación de pagar elevadas indemnizaciones.
Lo invito a vistar nuestra página web, y conocer más de la implementación de su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad o de Orden, Higiene y Seguridad, según sea su caso.
Finalmente para terminar lo relatado, el Administrador tuvo en su computador su Reglameneto Interno de Orden, Higiene y Seguridad, a la mañana siguiente.
 

Plan Integral de Seguridad Escolar

De vuelta al colegio.
En ésta época se piensa prácticamente en todo lo relacionado con el colegio Se piensa en los utiles, en el vestuario, en el transporte, en el mismo establecimiento, en los profesores, etc. 
Pero muchas veces, no se piensa en la prevención de riesgos al interior del establecimiento, desgraciadamente hasta el momento en que ocurre un accidente grave para un alumno o profesor, y todos se sienten con la obligación de reclamar.
Al interior de un establecimiento existen muchas situaciones que generan riesgos para una persona, sea estudiante, docente, paradocente, personal de cocina o aseo. Todos los días se generan situaciones de riesgos para ellos.
Por supuesto un Plan Integral de Seguridad Escolar, no va a evitar un accidente, pero va a contribuir a implementar un ambiente con condiciones más seguras, pues durante su desarrollo, puede señalar las condiciones o acciones sobre las cuales se debe poner enfasis a objeto de evitar un accidente.
Muchas veces miramos las situaciones pero no las vemos con claridad. Por ejemplo, si muchas veces se ve que un alumno molesta a otro, no se observa que ello puede constituir una conducta de acoso escolar, y que el alumno al cual se molesta, puede estar sufriendo en su fuero interno.
Pero a veces tampoco se reconoce a un alumno acosador. No se saben reconocer sus conductas. Peor aún, no se sabe reconocer a un alumno maltratado en su hogar.
Esas situaciones pueden claramente quedar establecidas, en los procedimientos de actuación que debieran conocer los profesores, y por supuesto muchas otras.
Próximamente -a comienzos del mes de Marzo, se efectuará a través de internet, un Seminario gratuito acerca del Plan Integral de Seguridad Escolar. Apenas tengamos toda la información la publicaremos, entre otros medios, en éste mismo Blog.
Entonces, cuando a comienzos de año, se piense en todo lo que tiene que ver con la educación, una de las situaciones más importantes, tiene relación con el Plan Integral de Seguridad Escolar, y los Padres y Apoderados, debieran consultar por ello en su establecimiento.
Como señalé, apenas se tenga toda la información del Seminario, se publicará en éste Blog.
  
 

jueves, 18 de febrero de 2016

Una situacion diferente a la del año 2010

Ya ha terminado hace rato la bonanza respecto de los precios de nuestro cobre, los indices de crecimiento ya no son los mismos y todos los problemas de corrupción conocidos, generan desconfianza en la población.
Hago el comentario anterior, como una introducción a un escenario similar al ocurrido el 27 de Febrero de 2010, y la fortaleza que pueda tener el país para enfrentar una situación similar, francamente no estamos en las mismas condiciones, y no estamos mejor parados.
Es posible hacer una excepción, y es el trabajo que realizan -la mayor parte calladamente- muchas  personas para enfrentar situaciones de emergencias.
Sin embargo ese trabajo es acotado, mucha veces a enfrentar la emergencia como es el caso de los incendios forestales y otras derechamente a busqueda y rescate, como es el caso de rescatistas, luego de terremotos.
Pero aún veo con preocupación, la falta de planificación para enfrentar situaciones de mas envergaduras que las conocidas y en los últimos años hemos tenido algunos casos como el incendio de Valparaíso y el Incendio de la Reserva Forestal China Muerta.
Se ha tenido algunas señales como el incendio en el relleno sanitario Santa Marta y la rotura de una tuberia en la Mina Los Bronces, que generó la evacuación preventiva de personas. Pero que pasaría si el incendio hubiera continuado o la rotura de una tuberia fuera el colapso de una piscina de relave.
En el norte del país se espera un terremoto de gran envergadura desde hace ya varios años, pero cuando ocurra, que sucederá con la población de Arica e Iquique, y en Valparaíso hace ya muchos años que no se genera un terremoto con epicentro frente a sus costas.
Y esas son algunas situaciones que deberemos enfrentar más temprano que tarde.
Sin embargo, también existe una situación que debiera preocupar al país como vecino.
Lima, Peru. Existe conciencia entre los cientificos que un sismo de gran magnitud debiera azotar en algún momento a Lima, causando un desastre mayor. Si llegado ese momento, nuestro país debiera estar preparado para poner a disposición del país del norte, una estructura eficaz y que pueda movilizarse en pocas horas.              
Como digo, la situación no es la misma que en el año 2010 y enfrentados a circunstancias sinilares, solamente la fortaleza de espiritú, nos ayudará a salir adelante. Pero mucho serviría, si además, existiera una buena planificación, y legislación adecuada a momentos de emergencias.

viernes, 5 de febrero de 2016

Multas por accidente en que fallecieron los trabajadores temporeros

Detalle de multas cursadas
40 UTM por utilizar servicios de intermediación de trabajadores agrícolas a través de intermediarios no inscritos en el Registro de la Inspección del Trabajo respectiva.
60 UTM por contratar a menor de 18 y mayor de 15 años sin la autorización de sus representantes legales y no cumplir con acreditar el cumplimiento de la obligación escolar.
60 UTM por no llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.
40 UTM por no proporcionar los elementos de protección al personal, libre de costo para el trabajador.
40 UTM por no entregar gratuitamente un ejemplar impreso que contenga el texto del reglamento interno de la empresa.
60 UTM por no informar a los trabajadores acerca de los riesgos laborales.
60 UTM por no denunciar al Organismo Administrador respectivo, (el accidente) (enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte).
360 UTM Total, lo que equivale a $16.183.800. 
Analice usted, cada uno de los conceptos por los cuales se cursó cada multa.
Por ejemplo 60 UTM por no llevar correctamente el registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo.$ 2.697.300
40 UTM por no entregar gratuitamente un ejemplar impreso que contenga el texto del Reglamento Interno de la empresa. $ 1.798.200
60 UTM por no informar a los trabajadores acerca de los riesgos laborales $ 2.697.300
60 UTM por no denunciar al Organismo Administrador respectivo, (el accidente) (enfermedad que pueda ocasionar incapacidad para el trabajo o la muerte).$ 2.697.300.
Esos son los conceptos por los cuales en innumerables veces ha escrito alguna Entrada, en éste Blog.
Lamentablemente para las familias de lis trabajadores fallecidos, solo queda en ésta parte, el consuelo que las empresas han sido multadas.
Queda el camino de perseguir la indemnización que me imagino los familiares querrán seguir, o los abogados que los asesoran.
La verdad es que esa situación no esta lejos, de lo que puede suceder en cualquier condominio, al menos en los conceptos que he resaltado, y es posible apreciar que las multas son un camino facil de solucionar, pues solamente se debe pagar, incluso con un Convenio de Pago, en la Tesorería.
Sencillo, se paga y se termina esta parte del problema. Suena mal pero es así.
El verdadero problema viene con la demanda por indemnizaciones. El valor de las  multas es conocido y se puede pagar.
El valor de las indemnizaciones no es conocido, y si existen situaciones que como se muestran en éste caso, prácticamente los tribunales solamente deberám confirmar el valor que les sea exigido a los empleadores, y por los conceptos que latamente he escrito: El Reglamento Interno y el cumplimiento de la Obligación de Informar los riesgos del trabajo.
Como he escrito en muchas oportunidades los empleadores, y especialmente los condominios, solamente se enteran cuando ya nada pueden hacer, salvo asumir las costosas responsabilidades.
Medite entonces acerca de la situación de su condominio.
editor

jueves, 4 de febrero de 2016

Servicios de prevencionista de riesgos a condominios

Desde ya hace un buen tiempo hemos estado entregando el servicio de asesoria en prevención de riesgos a los condominios.
Ello se ha traducido por ejemplo en:
  • la confección de los reglamentos internos de higiene y seguridad, 
  • reglamentos internos de orden, higiene y seguridad, 
  • reglamentos internos de higiene y seguridad para piscinas de uso público restringido, 
  • desarrollo de charlas de capacitación a Conserjes, 
  • de la confección de planes de emergencias, 
  • confección de planes de prevención para solicitar horarios de jornadas excepcionales, 
  • solicitud de rebaja de cotización adicional diferenciada, 
  • diseño e instalación de señales de seguridad, entre varios otros aspectos.
Pero el trabajo de prevención desafortunadamente no debiera terminar solo con la entrega del servicio contratado.
Por la experiencia acumulada a través de los años, tambien estamos ampliando nuestros servicios en materia de prevención de riesgos y vamos a entregar una asesoria mensual en la materia, a aquellos condominios que asi lo soliciten.
Ya son muchos los condominios que comienzan con solicitar un servicio, generalmente un Reglamento Interno,  pero luego ven que es necesario efectuar otro trabajo, por ejemplo el Plan de Emergencias y las señales de seguridad. El semestre pasado, había quie presentar la solicitud de rebaja de la cotización adicional diferenciada, en aquellos casos que asi se podía hacer, de acuerdo a su siniestralidad en los últimos años.
Un ejemplo. En una Revisión de Cuentas le consulté al Administrador el porqué no había presentado la solicitud en el mes de Octubre cuando correspondía, y me respondió sin siquiera sonrojarse, que lo tenía planificado hacer en Diciembre.
Personalmente le hice la solicitud, le averigué una deuda que tenía el condominio, le conseguí rebaja de las multas e intereses,  le hice las cartas de solicitud para que el condominio pudiera ahorrarse durante los siguientes dos años, aproximadamente $ 650.000, en cotizaciones previsionales de cargo del empleador. El Administrador no tenía idea de lo que se trataba la materia.
Lo que deseo señalar y resaltar con esta Entrada, dice relación con la necesidad que los condominios cuenten con la aseoria permanente de un experto en prevención de riesgos, ya que son muchas las materias involucradas y la responsabilidad legal del condoiminio esta en juego.
Si desea mas información, no dude en escribir a editor@eladministrador.cl

Un nuevo servicio a los condominios

Llama la atención que muchos condominios no sepan que tienen  una presunta deuda morosa respecto  a cotizaciones previsionales.
Igualmente impresiona la cantidad de situaciones que algunos condominios tienen pendiente, 40, 70 y cerca de 150, en algunos casos y desde hace varios años, ya sea por las AFP o por el Seguro de Cesantía.
Y todas ellas en proceso de cobranza prejudicial o judicial.
Resolver esas situaciones a veces es muy lento, me ha tocado resolver algunas situaciones que se han demorado mas de un año, los trámites se hacen lentos.
Con la finalidad de colaborar en esta parte del trabajo, hemos decidido ofrecer otro servicio a los condominios, cual es el de solucionar dicha mora presunta, mas bien realizar los trámites a objeto de solucionar la situación.
Vamos a comenzar por aquellos condominios que ya nos han encargado uno o mas trabajos, que que hemos onservado que tienen algunos inconvenientes y estamos seguros que no saben que tiene  ese problema,
editor 

Accidentes graves o fatales en condominios

Hace ya algunos días y mientras inspeccionaba un condominio para el desarrollo de su Plan de Emergencias, conversé con el Administrador acerca de la conveniencia de modificar su Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.
Me respondió que lo tenía y me lo mostró, al revisarlo me percaté que le faltaba una parte importantisima, respecto a la Obligación de Informar los Riesgos del trabajo, especialmente le comenté la necesidad de modificarlo  en atención a que se encontraba muy expuesta su responsabilidad legal -el condominio- como empleador ante accidentes del trabajo.
Quedamos de retomar el tema luego de terminar su Plan de Emergencias.
La sorpresa la tuve hoy bien tenprano cuando me llamó y me comentó que el tema debía ser abordado de inmediato, para ayer mas o menos, ya que en el día de ayer fue fiscalizado por un accidente grave o fatal que ocurrió el año pasado, mientras el cargo de Administrador del condominio era desempeñado por otra persona.  
Conversamos sobre el tema y la verdad que no hay mucho que hacer a éstas alturas, salvo mejorar las cosas para un nuevo -es de esperar que no suceda- accidente.
En definitiva, al parecer no se informó de manera inmediata el accidente grave o fatal, no se autosuspendió los trabajos afectados, pero peor aún no se informó de los riesgos del trabajo.
Lamentablemente los Administradores de condominios, no todos conocen las materias legales de prevención de riesgos, piensan y a veces hasta lo creen que lo saben, pero la verdad es que la desconocen, y ello aumenta de manera peligrosa, la indefensión del condominio.
Ya he modificado varios Reglamenos en que, desgraciadamente, además de copiar desde cualquier lugar de internet, un modelo y para ahorrarse algunos pocos miles de pesos, creen que lo han hecho bien, cuando en defintiva han realizado un acto mas que imprudente, negligente digo.
Bueno, además de cambiar el nombre a la Obligación de Informar los riesgos, por el Derecho a Saber, copian la norma legal sobre la materia y nada más, pensando claramente en forma equivocada, que con ello, tiene solucionado esa obligación.
La materia es bastante delicada, ya que por esa simple acción negligente, el condominio, en su calidad de empleador, queda expuesto a tener que responder frente a un accdiente grave o fatal, sin tener ninguna defensa legal. 
El trabajo se realizó de mala manera y el empleador quedo expuesto. No se tiene defensa.
Volviendo al caso que comentaba al comienzo, frente a no informar del accidente, la multa es considerada gravísima, (es una multa especial) y comienza en las 50 UTM hasta la 150.
Pero así y todo, y aun cuando las multas son elevadas, no es lo peor, ya que si se produce una muerte, frente a una demanda laboral, el condominio no tiene argumentos para una defensa legal. Argumentos va a poder esgrimir, pero lisa y llanamente van a ser desechados, porque simplemente no cumplió con su obigación legal.       
A preocuparse entonces por el tema. Especialmente, como he dicho, en los condominios, que en muchos de ellos, además, se creen que se encuentran al margen de las normas laborales vigentes.