lunes, 25 de mayo de 2009

Evitemos el acoso laboral

Mucho se ha escrito acerca del maltrato laboral, pero lo cierto es que en Chile no existe una norma legal clara que lo sancione, salvo por supuesto el acoso sexual en el trabajo.

Sin embargo existe el artículo 184, del código del trabajo, que dispone que el empleador debe realizar todas las acciones necesarias a objeto de proteger la vida y la salud de de los trabajadores.

Tambien debe entenderse que son los trabajadores, quienes determina el triunfo o el fracaso de una empresa, son ellos quienes aportan cada día con su trabajo y con nuevas ideas, a mejorarlo.

Por ello no se merecen que en el lugar que desarrollan su trabajo a objeto de obtener sus ingresos, sea precisamente el lugar en el cual reciban también un maltrato sicológico o acciones que denigren su condición de persona.

Por esa razón, y como es posible hacerlo, en los Reglamento Internos que estamos desarrollando, hemos incorporado algunos artículos que tratan esa materia, a objeto de colaborar en forma decisiva con el clima laboral al interior de una organización.

Con ello esperamos colaborar en tres sentidos, a) evitar que personas sean acosadas y b) evitar que otros trabajadores se conviertan en acosadores o que siéndolo, cambién su actitud y c) saber reconocer algunas situaciones que nos indiquen que se está frente a una situación de acoso laboral.

Finalmente creemos que también estamos colaborando con el empleador a implantar las acciones necesarias a objeto de proteger la vida y la salud de los trabajadores, pues cuando un trabajador sufre el acoso laboral, generalmente termina en una o muchas licencias médicas que indican la magnitud del daño que está sufiriendo la persona.

editor

viernes, 22 de mayo de 2009

Mobbing

En una entrada de hace ya algunas semanas escribí sobre el Mobing, o maltrato en el trabajo.

Con seguridad quienes hemos trabajado hemos visto desafortunadamente más de alguna situación de maltrato laboral.

Esas situaciones en general no se asocian de inmediato a ésta materia, mucho menos se hacía hace algunos o muchos años.

Otro ejemplo que me recuerdo es de una vendedora de una Joyería que por años, sufrió del maltrato de su empleadora, quién la retaba incluso delante de los clientes de su local comercial, desafortunadamente esa era una relación mala todos los días y se soportó durante varios años. hasta que la empleada no pudo más y renunció.

El año pasado se vió en las pantallas de TV, como a un Director de Escuela se le había asignado un trabajao administrativo en una oficina en la cual se encontraba solo, y además no se le entregaba un trabajao que realizar. Luego de que la noticia apareciera en los Noticiarios a los pocos días el Director vió solucionado su maltrato.

Se puede observar que en ambos casos es el empleador quien ha ejercido el maltrato laboral.

También puede ser ejercido obviamente por los compañeros de trabajo, tengan ellos un cargo de igual, mayor e incluso menor jerarquía del acosado.

Millones de personas en el mundo son maltratadas en su lugar de trabajo. Justamente en el lugar en el cual desarrollan sus actividades a objeto de lograr el sustento para su hogar, lo que por cierto es indignante.

Ayer la Presidenta de la República señaló en su discurso que enviaría un Proyecto de Ley para castigar con carcel a quienes realicen acciones de colusión a objeto de fijar precios que perjudiquen a los consumidores. Lo que por cierto está bien.

Sin embargo, y tal como se ha legislado en algunos países con los cuales a veces se compara el desarrollo de Chile, creo que también se debiera legislar para castigar como un delito y con penas privativas de libertad, a aquellos empleadores o a quienes ejecuten acciones que puedan ser consideradas como maltrato laboral.

editor

lunes, 18 de mayo de 2009

Protocolos de Actuación

Desde hace muchos días se ha estado escuchando que los Hospitales se encuentran desarrollando su trabajo de acuerdo a los Protocolos establecidos para situaciones como las provocadas por la influenza AH1N1.

Se puede escuchar que los Hospitales como tales, el sistema de salud o la atención a los pacientes debe ser desarrollada de acuerdo a las actuaciones previamente protocolizadas.

Los condominios tambien pueden tener desarrollado los Protocolos de Actuación para la situaciones de emergencias que en cualquier momento pueden enfrentar, y por supuesto no estoy hablando solamente de ésta inlfuenza.

Protocolos de Actuación para caídas, golpes, electrocución, desmayos, quemaduras, asaltos, robos,, violencia de genero, agresión animal, agresión sexual, olas de calor, frios intensos, vientos fuertes, lluvias intensas, nevadas, gripe aviar, incendio, nubes tóxicas, etc. etc. y por supuesdto tambien el Protocolo de Actuación de la influenza AH1N1.

En el software que tenemos a disposición de los condominios, para que puedan desarrollar su Plan de Emergencias, se incorpora también una aplicación separada, que contiene todos los Protocolos de Actuación, que usted además puede modificar o crear nuevos de una manera muy sencilla.

Piense en la utilidad que puede tener para cada familia de su condominio contar con los Protocolos de Actuación para casos de Emergencias. Con toda seguridad, ellos podrán contar con una herranienta eficaz para afrontar de una manera sistematizada esas situaciones de emergencias, circunstancia que le permitirán disminuír las actuaciones improvisadas, y por ende, las posibilidades de fracaso.

Desarrolle usted el Plan de Emergencias para su Condominio con nuestro software, y reciba para su condominio esos Protocolos de Actuación, para cada unidad de su condominio.

editor

jueves, 14 de mayo de 2009

El momento más importante, el momento de la verdad

Hemos escrito muchas entradas acerca de la necesidad de efectuar una adecuada planificación y mejor preparación aún, para enfrentar las situaciones de emergencias a las que podamos vernos enfrentados, pero cabe preguntarse ¿cual es el momento más importante de todo este trabajo?.

Bien, el momento más importante o el momento de la verdad, por decirlo de manera clara, es justamente cuando ocurre un siniestro.

Ese es el momento de nuestra verdad, y el de los Comités de Administración, en el caso de las comunidades de copropietarios, de demostrar que se ha trabajaado bien o en forma desprolija con miras de realizar un buen trabajo para enfrentar alguna situación de emergencia.

Es allí mismo cuando todo el trabajo realizado es puesto a prueba y cuando en forma clara se puede comprobar si la planificación y las respuestas que se han preparado son las adecuadas.Evidentemente, si el trabajo no se ha realizado o es realizado en el mismo momento en base a actuaciones improvisadas, las posibilidades de obtener buenos resultados son pocas y más bien, puede verse incrementado el daño, tanto material como humano.

Sin embargo, si se ha desarrollado un trabajo metódico, se han establecido normas de actuación sistematizadas, las posibilidades de enfrentar con éxito una situación de emergencia, serán mayores, habida cuenta a que, con ello se habrán implementado procedimientos normalizados, que permitan una actuación sistematizada, minimizando las improvisaciones en el manejo de las posibles situaciones de emergencias que puedan presentarse.

Si una situación de emergencia se transforma en una catástrofe, por enfrentarla con medidas improvisadas o por desconocimiento y/o por no comunicar una situación en el momento oportuno, solamente nos indicará que el trabajo de planificación no se ha efectuado, o que se ha hecho en forma incorrecta.

Entonces, por otro lado, en el momento de la verdad, todo el tiempo invertido en la planificación y en la determinación de los Protocolos de Actuación, nos dirá que el trabajo ha sido positivo, que ha entregado buenos resultados, y eso es lo más importante para todos los involucrados.

editor

martes, 12 de mayo de 2009

Autoprotección

En estos últimos días he debido responder varias solicitudes de Cotizaciones, referidas entre otras al software Plan de Emergencias para Condominios.

En realidad son dos aplicaciones de software, la primera es aquella en la cual se desarrolla el Plan de Emergencias propiamente tal.

La segunda y tan o más importante que la primera es la aplicación denominada Gestión de Emergencias.

En los primeros momentos de una emergencia no existe ayuda externa y se deberá hacer frente a ella sólo o con la ayuda que voluntariamente se pueda obtener. Esos primeros momentos son importantes respecto de cómo terminará la situación de emergencia, y el saber actuar, podrá evitar que ella termine en una verdadera catástrofe.

Es por ello, que en la aplicación Gestión de Emergencias, se han incorporados más de 40 Protocolos de Actuación, señalando en cada uno de ellos lo que se debe hacer para enfrentarla de modo organizado y tendiendo con ello, a evitar improvisaciones, que de alguna medida pueden aumentar los daños.

Son aproximadamente 40 Protocolos de Actuación para casos de emergencias, pero además usted puede crear nuevos Protocolos si en su condominio existe alguna situación que deseen determinar la forma de enfrentarla, incluso situaciones tan graves como la influenza humana o como ya se ha dicho, otra situación.

Usted ha escuchado en cada oportunidad en que se comenta o se informa de alguna situación, que se está trabajando en base a Protocolos, sea para enfrentar la influenza ya citada, en donde existen protocolos para definir la forma de actuar de los médicos, los paramedícos, las personas en general, los hospitales como un todo, la actuación en los aeropuertos, en los puertos en fin, para muchas situaciones existe un Protocolo de Actuación.

Para muchas otras situaciones diferentes, existen Protocolos de Actuación.

La consulta es entonces, ¿en su condominio existen estos Protocolos de Actuación para Casos de Emergencias?

¿Saben como actuar en caso de Incendio, de corte de luz, de asalto, de ataque animal, de agresión sexual, de violencia intrafamiliar, de aviso de bomba, de paquete sospechoso, de maremoto, de terremoto, de lluvias intensas, de olas de calor, vientos fuertes, frios intensos, desmayos, para evacuar un edificio, etc. etc.?

En nuestra aplicación se entregan esos Protocolos de Actuación, que por supuesto usted puede modificarlso si así lo desea, o como ya se indicó, puede crear nuevos Protocolos.

Y esa información la pueden tener todas las unidades de su condominio.

Ahora bien, una segunda situación especialemnte importante es comunicar en forma oportuna una situación de emergencia. Ello también lo podrá hacer desde nuestra aplicación de software.

Allí mismo usted puede crear una Base de Datos, y en una emergencia les puede enviar una Alerta de Emergencia, a una o a toda su Base de Datos, el envío lo puede hacer a través de correo electronico o mediante el envío de un SMS.

El destinatario recibirá por ejemplo su SMS, en unos contados segundos (teniendo el celular encendido) aún cuando lo encuentre utilizando en el extranjero.

Piense usted lo importante que puede ser, tener la posibilidad de avisar de la ocurrencia de un delito en unos contados segundos, o de una emergencia de otra naturaleza.

Esta es tambien una forma de acercar a usted las medidas de autoprotección que cada persona o familia, debe adoptar para enfrentar situaciones de emergencias.

editor