lunes, 28 de agosto de 2006

Cambio de fecha en el Pago de Impuestos mensuales

Hoy día la Presidenta hizo un anuncio que con seguridad van a agradecer muchos pequeños y medianos empresarios:

Se amplia el plazo para efectuar la Declaración y Pago Simultaneo de Impuestos, desde el día 12 hasta el día 20 del mes siguiente a aquel en que se generaron los impuestos, ello solamente para quienes utilizan la plataforma de Internet del Servicio de Impuestos Internos.

La información aparece en el Poral de Terra aqui.

Entonces solamente queda esperar a que dicho anuncio se concrete lo más pronto posible. www.eladministrador.cl

sábado, 26 de agosto de 2006

¿En que AFP se escuentra afiliado un trabajador?

En numerosas ocasiones se debe conocer de trabajadores que no saben o no se recuerdan en que AFP se encuentran incorporados.
Para solucionar ese inconveniente existe una alternativa fácil de seguir´para conocer la AFP que se desea saber, como por ejemplo, cuando se hace una ficha a personal recién contratado.
Para ello se debe visitar el sitio de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones -www.safp.cl- y en la siguiente página indicar los datos del trabajador. Aqui.
Luego de ello aparecerá un certificado de ese organismo con el dato buscado.

Problemas con el Conserje

La noticia aparece el "La Estrella" de Valparaíso -aqui- y da cuenta de un trabajador que en las horas de la noche se dedicaba a la venta de drogas y que además mantenía entre sus pertenecias al interior del condominio, un arma de fuego.

Esas son exactamente, algunas de las conductas que se deben prohibir en las normas contenidas en los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad, son situaciones que eventualmente pueden dañar, además del prestigio del condominio, también su responsabilidad legal, además de acercar al mismo condominio, a personas que pudieran eventualmente cometer actos delictuales en contra de los señores copropietarios y/o sus bienes.

Con seguridad no es una conducta normal de los señores conserjes, pero lo mejor es indicarles en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, tanto sus obligaciones como Prohibiciones de Higiene y Seguridad, como las señaladas en la noticia comentada.

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miércoles, 23 de agosto de 2006

Facturación Electronica

A contar desde ésta fecha me encuentro autorizado para emitir Facturas Electronicas, también Facturas Exentas, Notas de Debitos, Notas de Créditos y Guías de Despacho.

Esos son los documentos que autoriza el Servicio de Impuestos Internos, y como señalé en la entrada anterior son hasta 500 facturas al año.

El ahorro es evidente y también el ahorro de tiempo. Además se debe considerar las facilidades respecto a la entrega de la factura a un cliente en forma lejana, la tiene en minutos en su computador, hasta hace pocos días ese trámte ocupaba hasta cerca de tres días.

El trámite para obtener la autorización es relativamente sencillo, se solicita la autorización en la pagina www.sii.cl luego se debe comprar un Certificado Digital, -personalmente tuve que pagar unos $ 11.500 por dos años- y esperar a que la empresa certificadora le entregue dicho certificado digital.

Recomiendo entonces a las personas y empresas que cumplan con los requisitos de SII, a ocupar estas facilidades que se le entregan.

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lunes, 14 de agosto de 2006

Ahora hasta 500 facturas anuales

Buenas noticias.

El Servicio de Impuestos Internos ha decicido aumentar la cantidad de 100 facturas a 500, que se pueden emitir en forma anual, para utilizar el servicio de facturación electrónica que ese mismo servicio dispóne en su sitio www.sii.cl

Entonces todas las pequeñas empresas pueden comenzar a utilizar -cumpliendo los requisitos exigidos- ese sistema que les puede significar un ahorro en sus costos.

Es una gran ayuda para todas las personas emprendedoras que han creado una pequeña empresa, con ello, pueden aumentar su competitividad y mejorar su gestión administrativa.

La recomendación es entonces visitar el sitio del Servicio e interiorizarse en este mecanismo y de las exigencias. www.eladministrador.cl

Defensoria Laboral

El Ministro del Trabajo informa que se está estudiando la posibildad de crear una defensoria laboral.

“Es una aspiración muy sentida“, afirmó el titular del Trabajo

Ministro Osvaldo Andrade resalta creación de la defensoría laboral

Esta institución cumpliría la función de Defensora de los derechos de los trabajadores en los juicios laborales, de la misma manera en que hoy la Defensoría Penal Pública se opone a los argumentos del Ministerio Público en los juicios criminales.

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Osvaldo Andrade, anunció la posibilidad de crear e incluir la institución de la Defensoría Laboral, en el marco de la Reforma a la Justicia Laboral que se pondrá en marcha durante el 2007.

El Secretario de Estado explicó que la Defensoría Laboral "es una aspiración muy sentida del mundo de los trabajadores. Se trata esencialmente que a partir del reconocimiento de una asimetría, generar un acompañamiento de un letrado para que en los juicios laborales el trabajador tenga la asesoría pertinente y competente para hacer valer de mejor manera sus derechos".

En esa perspectiva añadió que "la instalación de una institución que sería la del defensor laboral, que podemos asimilarlo a la del defensor público, nos ha parecido una perspectiva interesante de desarrollar y estamos trabajando en aquello".

Esta institución cumpliría la función de Defensora de los derechos de los trabajadores en los juicios laborales, de la misma manera en que hoy la Defensoría Penal Pública se opone a los argumentos del Ministerio Público en los juicios criminales.

En ese sentido, el Secretario de Estado subrayó que el Gobierno apoyará con fuerza la puesta en marcha y funcionamiento del nuevo sistema de justicia laboral. "Los nuevos tribunales laborales son un pilar institucional clave para la consolidación de un sistema de relaciones laborales moderno y equitativo. En este sentido, la Presidenta me ha autorizado para anunciar el interés del Gobierno en la creación de la Defensoría Laboral, que acompañe desde su capacidad de actores letrados a los trabajadores en sus procedimientos judiciales", dijo el Ministro.

Respecto a la implementación efectiva de los defensores laborales, el Secretario de Estado acotó que "pudiera no ser necesario un proyecto de ley, estamos evaluando la pertinencia de aquello. De no ser necesario tanto mejor, porque podríamos hacerlo en forma más rápida. Sin perjuicio de aquello, si fuese menester un proyecto, ya lo he conversado con varios parlamentarios y hay una muy buena disposición para esto".

Finalmente, el Ministro enfatizó el objetivo de esta instancia. "Cuando se llega a un Tribunal del Trabajo, el trabajador llega solo y el empleador llega acompañado de una importante red de asesoría legal -que es muy legítimo por supuesto porque todo el mundo tiene ese derecho-, pero de lo que se trata es que el Estado desde su rol de tutela pueda proveer una asesoría competente para ellos".

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Fuente: El Mostrador

domingo, 13 de agosto de 2006

Fumar es un placer, genial sensual, ....

Ya no.

Se acabaron las facilidades para los fumadores.

A contar de hoy Lunes, se prohibe que las personas fumen en lugares públicos y la venta de cigarrillos a menos de 100 metros de cualquier entrada de un colegio.

Subsecretaria de Salud Pública destaca vigencia de Ley del Tabaco

La Subsecretaria de Salud Pública, Lidia Amarales, indicó que "el espíritu de la ley es proteger principalmente a la población infantil, juvenil, adultos mayores, y a los que no fuman". Señaló que en normativas como esta "el control social es lo más importante para que la ley sea viable".

Este 14 de agosto entra en vigencia la nueva Ley de Tabaco, con lo que se inicia una etapa distinta en materia de control de venta y publicidad del cigarrillo y con la que Chile avanza concretamente en la prevención en el consumo de esta adicción.

El objetivo principal de la iniciativa es que a partir de este momento se diminuyan los índices de tabaquismo en la población, gracias a una mayor toma de conciencia sobre sus dañinos efectos, un mayor empoderamiento de los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a vivir y trabajar en ambientes libres de humo, y un mayor compromiso de los organismos públicos y empresas privadas en la implementación de entornos más saludables, sin contaminación.

Al respecto, la subsecretaria de Salud Pública, Lidia Amarales, indicó que "el espíritu de la ley es proteger principalmente a la población infantil, juvenil, adultos mayores, y a los que no fuman" y señaló que en normativas como ésta "el control social es lo más importante para que la ley sea viable", afirmando que "nosotros no pretendemos convertirnos en un país policial persiguiendo a las personas que fuman".

Agregó que "nuestra sensación es que esta ley ha creado mayor conciencia sobre los daños y la adicción que el tabaco produce" y puntualizó que "estamos muy optimistas que este tipo de leyes produce un gran impacto y disminuye en forma significativa, como ha pasado en otros países, la cantidad de fumadores".

La Subsecretaria explicó que serán empleados del Ministerio de Salud las autoridades que estarán a cargo de la fiscalización, aunque mientras no se apruebe el proyecto de ley que suprime las funciones administrativas de Carabineros de Chile, sus funcionarios también participarán en estas tareas. Esta ley sustrae a los policías de la obligación de fiscalizar el cumplimiento de la ley sobre publicidad y consumo del tabaco, rol que recaerá sólo en la Autoridad Sanitaria.

Recordó además que cada lugar comercial va a contar con un Libro de Tabaco que va a ser un libro foliado en el que se podrán realizar las constataciones cuando una persona esté fumando y no acate el nuevo reglamento.

Igualmente, destacó que a partir de este 14 de agosto entra a regir que los restaurantes o bares menores de 100 metros van a tener que definirse si es que son para fumadores o no, puntualizando que si definen que ese lugar es para fumadores, en ese lugar no podrán entrar menores de 18 años.

Los locales mayores de 100 metros tendrán un año más para realizar la separación de entre el sector para fumadores y no fumadores. El lugar para fumadores deberá estar cerrado herméticamente.

Las multas por infringir la nueva ley serán entre media UTM y mil UTM y un lugar que por tercera vez cometa una infracción corre el riesgo de ser cerrado definitivamente.

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Fuente: El Mostrador

miércoles, 9 de agosto de 2006

¿Estancarse o crecer?

Cuando un empresario desea crecer con su empresa debe prestar atención a los siguientes aspectos:

1. Aumentar las ventas. Obvio, la empresa se creó para vender bienes o servicios, y mientras más ventas se generan, mas ingresos existen y aumenta la posibilidad de obtener una utilidad al final del año comercial. La empresa no es una entidad de beneficiencia, realiza una actividad comercial a traves de la cual se pretende obtener una utilidad por su actividad.

2. Reducir los gastos. Por supuesto, si una empresa aumenta sus ventas, aumentan también sus costos, pero hay que tener cuidado que ellos no aumenten en una proporción mayor a las ventas. Aun cuando no aumenten las ventas hay que tener cuidado con los gastos. Tal vez exista una partida que pueda ser estudiada y modificada.

3. Precaver eventuales multas administrativas. A una empresa varios organismos del estado le pueden cursar una multa administrativa, solo por nombrar algunos: Inspección del Trabajo, Autoridad Sanitaria, Municipalidad, Carabineros, etc. Algunas de ellas pueden significar elevadas sumas de dinero. Entonces a cuidarse.

4. Prevenir accidentes del trabajo. Los accidentes del trabajo no le salen gratis a la empresa, en algun momento deben pagar, y lo hacen con una eventual alza de su cotización adicional de la ley de accidentes del trabajo, y alza que dura a lo menos, 2 años. Si su empresa tienen un valor imponible elevado por los sueldos que paga a sus trabajadores, un alza le puede significar una gran cantidad de dinero todos los meses y en dos años una suma muy importante.

5. Cuidar la responsabilidad legal de la empresa, de su propietario y de sus ejecutivos. En un accidente grave, esa responsabilidad va a estar en juego, no le quepa la menor duda, y puede llegar a pasar momentos que ni se imagina, solamente por haber descuidado un "asunto menor" como por ejemplo su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

6. En algunos casos también debe analizar si aumentar los gastos puede reducir su carga tributaria, gastos bien efectuados por supuesto. Ello también le puede ayudar, como por ejemplo el sueldo empresarial que muchos propietarios de empresas no incorporan a sus costos.

Esas son algunas situaciones sobre las que se deben poner atención para gestionar en mejor forma su empresa. Debe ocupar un tiempo en pensar en una buena administración de su empresa, no solamente en las operaciones se encuentra radicado el éxito de la empresa. Una buena administración la ayudará a hacer creccer a su empresa.

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sábado, 5 de agosto de 2006

Anteponer un 2

A contar del día de hoy, para llamar a los números telefonicos para las Provincias de Valparaíso e Isla de Pacua, y las Provincias de Concepción y Arauco, se debe anteponer un numero 2. Entonces para hacer llamados a esas Provincias que tienen códigos de áreas 32 y 41, recuerde anteponer el número 2, a contar del 5 de Agosto en curso. www.eladministrador.cl

viernes, 4 de agosto de 2006

Edificios y Condominios

Reglamento Interno de Higiene y Seguridad

Muchos administradores estiman que los Edificios y Condominios no se encuentran obligados a implementar un reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Gran error.

Se afirman para argumentar lo anterior en que el Código del Trabajo en su artículo 153, solamente señala a los empleadores que tienen 10 o más trabajadores y que deben implementar un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

Si bien ello es cierto, no es menos cierto, que la ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo, señala en su artículo 67, que todos los empleadores deben implementar y mantener al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, todos, y por cierto ello incluye a los empleadores que tienen 9 o menos trabajadores. Solamente están eximidos de capítulo de Orden.

Ahora bien, con la implementación de ese Reglamento Interno, los edificios y condominios reducen en forma dramática la posibilidad de verse envuelto en forma desprotegida, en una demanda judicial en caso de accidente del trabajo, pues han cumplido sus obligaciones legales.

Sin lugar a dudas, a aquel empleador que no ha cumplido esa obligación y que por desgracia se vea envuelto en una demanda judicial, se le podrá sin ningún problema señalar como que ha cometido una “imprudencia temeraria”. Esa situación, lo deja prácticamente en una indefensión casi absoluta legalmente.

Varios Edificios y Condominios han comprendido la real importancia de ésta obligación y nos han confiado recientemente, la confección de su Reglamento Interno, hágalo usted también. Le aseguro que se sentirá mas protegido con esa obligación cumplida.

  1. Cumplirá con las normas legales.
  2. Podrá evitarse una multa que oscila entre los $ 31.000 y hasta $ 630.000
  3. Tendrá una excelente herramienta de gestión de su organización.
  4. Protegerá la responsabilidad legal de su comunidad.
  5. Implementará normas para prevenir y evitar accidentes del trabajo.
  6. Podrá en el momento oportuno solicitar rebaja de la cotización adicional.
  7. Fortalecerá legalmente a su organización.
  8. Cumplirá con la exigencia de la obligación de informar los riesgos laborales.
  9. Se evitará desagradables momentos si lo llegan a fiscalizar y no tiene su Reglamento Interno.
  10. Pondrá término a su situación de imprudencia temeraria.

No prolongue mas entonces esa situación y trabaje efectivamente por los intereses de su comunidad, ¡¡¡ protéjala legalmente !!!

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