miércoles, 4 de agosto de 2010

No espere hasta ùltimo momento

Hace dos dìas nos llegò una nueva solicitud de confecciòn de Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, para una empresa que iba a ser fiscalizada al dìa siguiente, y la pesona que dirige a esa empresa nos comentò que pensaba que con menos de 10 trabajadores no era exigible un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

A objeto de facilitarle su propio trabajo y atendida su solicitud, desarrollamos su Reglamento durante la tarde y se lo enviamos de inmediato a objeto que pudiera imprimirlo y presentarlo al dìa siguiente, circunstacia que esperamos se haya cumplido en forma exitosa.

La idea al escribir esta entreda es comentar que los empleadores no esperen hasta ùltimo momento a objeto de desarrollar su respectivo Reglamento Interno de Higiene y Seguridad ò el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, segùn corresponda, ya que con su implantaciòn puede reducir las eventuales infracciones laborales que se le puedan detectar.

Esta situaciòn no es tan menor, pero si le detectan varias infracciones y entre ellas se encuentra la de no contar con el Reglamento Interno, usted habrà querido haberlo tenido desde antes pues ademàs de implantarlo de inmediato, deberà responder la infracciòn y esperar que el fiscalizador acepte sus argumentos a objeto de rebajar la multa cursada.

Ahora bien, junto con la infracciòn por no tener Reglamento Interno, tambièn le se puede cursar otra por no haber dado cumplimiento a la Obligaciòn de Informar los Riesgos Laborales, situaciòn que nosotros contemplamos en el propio Reglamento que confeccionamos.

Entonces nuestra recomendaciòn es que desarrolle su Reglamento Interno en forma oportuna, ya que ademàs es su obligaciòn legal y tambièn estarà protegiendo en cierta medidad la responsabilidad legal de su organizaciòn.

editor

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