sábado, 5 de febrero de 2005

Acta de Entrega

En muchos condominios en estas fechas se realizan las Asambleas Ordinarias anuales, en donde se rinde cuenta del período anterior y en muchos casos se elije un nuevo Comité de Administración, lo que naturalmente significa un cambio de directivos. En estos casos es recomendable la confección de un Acta de Entrega en la cual se detallen in extenso la situación en que se encuentra la Comunidad. Esta acta es realizada en todas las instituciones en las cuales una persona reemplaza a otra en un cargo de cierta importancia. Algunas de las situaciones que puede contener esa acta de entrega son:
  • Estado bancario
  • Fondo de reserva de la comunidad
  • Seguros contratados por la comunidad
  • Ultimo cheque girado
  • Facturas pendientes de pago
  • Otras deudas de la Comunidad
  • Estado de maquinarias e instalaciones
  • Contratos de mantención
  • Inventario de bienes
  • Reglamento de la comunidad
  • Estado del Plan de Emergencia
  • Juicios pendientes a terceros y a la comunidad
  • Nómina de deudores morosos
  • Libro de Actas de la Comunidad
  • Libro de Actas del Comité de Administración
  • Nómina de trabajadores y su situación personal
  • Estado de Libro de Remuneraciones
Esas y otras situaciones deben quedar indicadas en el Acta de Entrega de una directiva a otra con la finalidad de 1) determinar en forma exacta la situacion de la Comunidad y 2) determinar responsabilidades ante situaciones controvertidas. La directiva que asume, debe tener una visión clara y completa sobre el condominio, de otra manera puede ver retrasada su gestión e incurrir en errores u omisiones que pueden generar situaciones dañinas. Todas las personas que intervienen en esta Acta son copropietarios, tienen los mismos intereses, razón suficiente para entregar y recibir la Administración con una buena acta de entrega en la que todos queden conformes respecto a su contenido. Finalmente el Acta deberá ser firmada tanto por las personas que entregan como por las personas que recepcionan la Administración.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Buen día:
Si se trata de un condominio nuevo que tiene entregadas 30 casas de 100 y la desarrolladora (constructora) ya quiere entregar su administración; que se le debe solicitar por parte de los condóminos o comité y cuales son sus responsabilidades a partir de la entrega