viernes, 21 de agosto de 2009

Plan de Autoprotección

En el último tiempo hemos conocido, o mejor dicho recordado dos tragedias que ocurrieron en discotecas, me refiero a la de España, Alcalá 20 y la de Cromagñon en Argentina, en donde hace algunos días solamente se ha dictado una sentencia judicial, condenando hasta con 20 años de presidio a algunos de sus responsables responsables.

En la primera fallecieron más de 80 jovenes y en la segunda más de 190.

Algunas situaciones que se repiten en ambas tragedias, la insuficiencia de puertas de evacuación, la cantidad de personas que excedian en forma notoria a la capacidad del lugar y otras situaciones de esa índole.

Al desarrollar un Plan de Autoprotección, una de las situaciones que se deben tener en mente es la capacidad respecto a la cantidad de personas, de los lugares del cual se confecciona el respectivo Plan, incluso, por cierto, ello también aplica respecto a los condominios, para saber si se encuentran de acuerdo a las normas pertinentes.

Tambien podría allí analizarse la carga de fuego, pero efectivamente no se hace.

Hasta la fecha, no he visto ningún documento, que no sea el confeccionado por nosotros, el que da cuenta de la capacidad de personas en los condominios. Esa materia tambien es importante para los Planes de Emergencias de los centros escolares.

Estas y otras necesidades tambien, son satisfechas con el software que ofrecemos para desarrollar Planes de Autoprotección, sea en edificos, hospitales, empresas, instalaciones industriales, universidades, etc.

Una diferencia existente entre el Plan de Emergencias con el Plan de Autoprotección, dice relación con que aquel es solamente es sexto capitulo de nueve, que contiene el Plan de Autoprotección, entonces naturalmente que debe existir una diferencia, y creáme, es una gran y notoria diferencia.

Hemos visto como los familiares de quienes perdieron la vida en esas desgracias, con mucho dolor claman justicia por la memoria de sus seres queridos, que dicha pérdida no sea en vano, y aún cuando esa justicia se lograse, ciertamente no es posible mitigar el dolor de sus seres queridos, que saben con certeza que si se hubiesen adoptado las medidas de prevención correctas, las tragedias podrían haberse evitado.

Igual cosa, se desprende de la lectura del Informe referido al accidente de aviación ocurrido en España, hace exactamente un año.

Aqui entonces es cuando debe preguntarse si la prevención es un gasto o una inversión, pues si se considera un gasto, se tratará de hacer el menor gasto posible, no asi si es considerada una inversión, en cuya situación se estará conciente que la seguridad, puede incluso -para quienes así lo estiman- ser una herramienta para atraer a clientes a sus negocios, quienes sabrán a ciencia cierta, que allí, estarán seguros, y que de ocurrir un imprevisto, se han adoptado las medidas necesarias para, en primer término controlarla y luego, de ser necesaria, efectuar una evacuación expedita.

editor

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