jueves, 6 de diciembre de 2007

A programar bien la Jornada de Trabajo

Esta es una preocupación que deben comenzar a pensar desde ya y muy bien, todos los empleadores.

Ello en atención a al proyecto de ley que busca sancionar a aquellos empleadores que mantengan a sus trabajadores en el lugar de trabajo, luego de haberse cumplido la jornada ordinaria o extraordinaria de trabajo, segun el caso.

Y la multa que se quiere imponer es de 50 UTM por cada hora de exceso o fracción superior a media hora, en que no se haya cumplido la jornada de trabajo. Esto es en forma aproximada $ 1.760.000

Entonces, desde ya es recomendable comenzar a pensar -solo aquellos empleadores que no cumplen con la jornada de trabajo- la forma de no cometer está infracción, cuando por cierto -eventualmente- se convierta en ley de la República la inicitaiva comentada.

Mas información pueden ver aqui

Las multas al estar expresadas en unidades monetarias diferentes al peso, tambien sufren las consecuencias de la inflación, y aquellas por ejemplo que hace algunos meses el maximo era de unos $ 630.000, hoy el maxímo ya son mas de $ 680.000

Entonces atencion al cumplimiento de la normativa laboral.

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