sábado, 8 de diciembre de 2007

Deber de Prevencion

En esta entrada solamente quiero nombrar algunas de las disposiciones legales que obligan a los empleadores a cumplir con su deber de protección:

1. Articulo 184 del Código del Trabajo. El artículo citado señala que: "El empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de los trabajadores, manteniendo las condiciones de higiene y seguridad en las faenas, como tambien los elementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales."

"Deberá asimismo prestar o garantizar los elementos necesarios para que los trabajadores en caso de accidente o emergencia puedan acceder a una oportuna y adecuada atención médica, hospitalaria y farmaceutica."

2. Articulo 183-E del Código del Trabajo. Este artículo dispone: "Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa principal, contratista y subcontratista respecto de sus propios trabajadoares en virtud de los dispuesto en el artículo 184, la empresa principal deberá adoptar las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y la salud de todos los trabajadores que laboran en su obra, empresa o faena, cualquiera sea su dependencia, en conformidad a lo dispuesto en el articulo 66 Bis de la ley 16.744 y del articulo 3° del decreto supremo N° 494, de 1999, del Ministerio de Salud."

3. Articulo 3°, del Decreto Supremo N° 594/99. A su vez este articulo señala: "La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ellos se desempeñan, sean estos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella."

4. Artículo 66 Bis ley N° 16.744: "Los empleadores que contraten o subcontraten con otros la realización de una obra, faena o servicios propios de su giro, deberán vigilar el cumplimiento por parte de dichos contratistas o subcontratistas de la normativa relativa a higiene y seguridad, debiendo por ello implementar un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo para todos los trabajadores involucrados, cualquiera que sea su dependencia, cuando en su conjunto agrupen a mas de 50 trabajadores."

No hay comentarios.: