domingo, 16 de enero de 2005

Licencias Médicas

1. ¿Qué es una Licencia Médica?
Es un documento que puede ser extendido por un médico cirujano, cirujano-dentista o matrona, mediante el cual el profesional certifica que un trabajador se encuentra incapacitado temporalmente para trabajar, prescribiendo reposo total o parcial, por un lapso determinado. Una vez que la Licencia Médica ha sido autorizada por la entidad que corresponda (Unidad de Licencias Médicas de los Hospitales de los Servicios de Salud, COMPIN, o ISAPRE, según sea el caso, puede dar derecho al pago de un subsidio por incapacidad laboral (SIL) si se cumplen los demás requisitos establecidos en la normativa vigente.
2. ¿Qué tipos de LIcencias existen?
Las Licencias Médicas pueden tener su origen en una enfermedad o accidente común, en la maternidad o en un accidente del trabajo o enfermedad profesional, de acauerdo a lo cual pueden ser por alguna de las siguientes causas especificas:
a. Enfermedad o accidente común b. Prórroga medicina preventiva c. Licencia maternal pre y post natal d. Enfermedad grave del hijo menor de un año e. Accidente del Trabajo o del trayecto f. Enfermedad profesional g. Patología del embarazo 3. ¿Qué normas legales se aplican?
La tramitación de las Licencias médicas se rige por la normativa contenida en el DS N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, que contiene el Reglamento, sobre autorización de licencias médicas, quedando solamente excluídas de la aplicación de dicho Reglamento las Mutualidades de Empleadores de la ley 16.744, a los trabajadores de sus empresas afiliadas, cuando les otorgan reposos por incapacidad laboral ocasionado por un accidente del trabajo o enfermedad profesional, caso en el cual emiten lo que se denomina "orden de reposo"

No hay comentarios.: