martes, 3 de enero de 2017

Sobre AFP 3

Son muchas las personas que obtienen una pensión de menos de $ 200.000 en el sistema de las AFP.muchas.
Pero prácticamente todas ellas han cotizado menos de 20 años durante su vida laboral, y aún asi obtiene  una pensión, baja si, pero pensión al fin y al cabo. La interrogante que se debe hacer es ¿cuántas de esas personas habrían obtenido una pensión en el sistema de reparto?. Muy pocas o tal vez ninguna.
En dicho sistema prevalecia la cantidad de años cotizados. salvo que fuera de un Caja que entregara jubilaciones con hasta 20 años de trabajo.
Y las cotizaciones de las personas que no podían jubilarse, solamente servían de pagar jubilaciones de terceras personas, pero no las propias.
El mercado le ha enseñado a las personas múltiples formas  de consumo: tarjetas de crédito, creditos de consumo, líneas de créditos, etc. etc., pero muy poco o nada se le ha enseñado a ahorrar, y los aportes a la AFP, constituyen un ahorro, para financiar la pensión de no una tercera persona, sino que la propia cuando se tenga la edad legal para ello.
En el sistema de AFP, existen muchas formas de incrementar los fondos propios, no es solamente el aporte del 10%, de manera voluntaria se puede aumentar ese porcentaje, tambien puede ser con una cantidad de dinero fija cada mes. Existe el APV, que puede ser de utilidad para luego financiar una pensión mas elevada, y para algunas personas con un sueldo elevado le sirve para ahorrar impuestos.
Lo importante es enseñar a las personas las diferentes formas de aumentar sus fondos previsionales, fondos que no son de las AFP, sino que propios, de cada persona, y si aumentan sus cotizaciones cuando tiene menos obligaciones, sus fondos finalmente serán mayores por la rentabilidad que obtienen.
Pareciera que ya la discusión no es el cambiar el sistema de AFP para volver al antiguo de reparto, sino pefeccionar el actual, pero no basta ello, los trabajadores deben saber que deben imponer por el total de sus haberes, menos las asignaciones no imponibles se entiende  y los empledores no debieran permitir ello, cuando el trabajador lo solicite.
Nunca más aceptar que se cotice por el mínimo, y la diferencia se paga como una mayor Colación o Movilización o inventando alguna asignación no imponible.
En este sistema se trata de financiar una Pensión propía.
Ustede debe cotizar 10% de manera obligatoria para su cuenta de todos los ingresos imponibles.
Se esta analizando la forma de cambiar la edad de Pensión a 65 y 70 años, es decir 5 años mas de trabajo.
Una manera de reemplazar esas cotizaciones que se deben realizar por 5 años es aumentando por ejemplo en un 4% de manera voluntaria la cotización personal durante 20 años que pueden ser los primeros o los últimos o cualquiera.
Si se cotiza el 4% voluntario se esta cotizando un 40% respecto de la cotización obligatoria, es decir en lugar de 12 meses se está cotizando por 12 x 1.40 = 16.80, es decir se esta cotizando cada año 4.8 meses adicionales, en 10 años 48 meses y en 20 años 96 meses, que dividido por 12 meses, nos da un total de 8 años que se han cotizado adicionalmente y de manera voluntaria.
8 años de cotización sumando a la edad legal para pensionarse nos da 68 y 73 años respectivamente, entonces es innecesario aumentar la edad, mejor enseñar a cotizar de manera voluntaria.
Entonces a los 65 años, el trabajador se puede pensionar, obtener su pensión y si lo desea seguir trabajando -ya que pensionarse es una facultad y no una obligación- y obtener su segunfo ingreso, por su pensión, que además puede aumentar si decide no seguir cotizando en la AFP, que a esa edad es facultativo.
Pero para algunos trabajadores se mejora la situación, para aquellos que tienen  trabajos pesados, pues allí, si califica como tal su trabajo, puede cotizar un 2% y su empleador deberá cotizar tambien otro 2%, y todo a su cuenta individual.
Entonces puede -si fuera posible de acuerdo a las remuneraciones y necesidades del trabajador- aumentar en un 80% las cotizaciones mensuales en el mejor de los casos señalados, o en un 40% pero con aporte del trabajador y del empleador. 
Que conviene, cotizar mas cuando joven, ya que las exigencias son -en general- menores que en la edad adulta y con más exigencias, tanto familiares como de otra naturaleza. Por ejemplo si comienza a cotizar a los 25 a los 45, habrá terminado este esfuerzo, y allí aún todavia le quedaran 20 años de trabajo.
Pero ese, es un análisis de cada persona.
editor 
 



 

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