jueves, 22 de septiembre de 2016

Veamos ahora algunas de las acciones que

se pueden desarrollar para el tratamiento del riesgo de uso indebido del dinero del condominio.
Una de las primeras, es determinar si la adquisición del bien o servicio es necesaria. No se debe andar inventado trabajos y todas las compras deben estar justificadas incluyendo el detalle de aquellas que se realizan por Caja Chica.
Luego, al momento de firmar, todos los cheques deben estar respaldados por un documento, sin excepciones.
Lo anterior ya significa un control de alguna persona, que puede ser un Revisor de Cuentas, integrante del Comité de Administración.
Sin embargo, todos los meses el Adminisrador debe entregar a los copropietarios el detalle de los gastos efectuados y del dinero existente en la cuenta corriente del condominio, además de otros Activos, como por ejemplo cheques por cobrar, nómina de deudores morosos, y similares.
Una situación obligatoria y que en muchos casos no se cumple, es -al menos- la Rendición Anual del Administrador, pero no una suma de los Ingresos versus los Egresos, sino que una Rendición en la cual se entreguen aspectos cuantitativos y cualitativos del desempeño en el año.
Podría ser por ejemplo, el detalle de los trabajos que se han realizado en el año, en comparación al Plan de Trabajo que se ha entregado en el año anterior, allí se puede apreciar si lo que se presupuestó, se ha cumplido.
Finalmente, una opinión externa a traves de una Revisión de Cuentas.
Esas son algunas de las acciones que cualquier condominio puede establecer para el tratamiento del riesgo de la utilización indebida de sus dineros.

   

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