miércoles, 14 de septiembre de 2016

El cumplimiento de la Obligación de Informar

los riesgos del trabajo, pasaron a fiscalizar a un empleador, a la cual le confeccionamos el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, para sus dos empresas en el año 2012.
Estaba preocupado el empleador ya que le dieron un plazo para presentar los antecedentes que demostraran que ha cumplido con esa obligación que muchos conocen como el Derecho a Saber.
Conversamos varios minutos y como el empleador tenía Reglamento a la mano, lo revisamos de inmediato y le expliqué de manera detallada como tenía ya solucionada dicha exigencia.
Citando literalmente las normas legales pertinentes, le expliqé la manera de como se cumplía dicha exigencia y no solamente ello, sino que con ejemplos, también le comenté las consecuencias a las cuales se exponen los empleadores que no tienen  cumplida la exigencia, e implementan normas que hacen imposible su cumplimiento.
Quedó absolutamente claro, que sus empresas ya cumplian las exigencias por las cuales fue fiscalizado, si embargo, y con la finalidad de cumplir cabalmente las nomas sobre la materia, nos ha encargado la actualización de sus Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad.
Desafortunadamente existen muchos empleadores, y entre ellos muchos administradores de condominios, que desconocen esta delicada materia, y en razón que ignoran las normas vigentes, no le dan la importancia que merecen, pensando que si ellos no conocen las normas, ellas no existen o no tienen importancia.
Con ello, exponen de manera imprudente, la responsabilidad legal del empleador en caso de una demanda por un accidente del trabajo.
Revise pues su situación, y escribános si requiere dar una solución adecuada a este importante tema laboral.    

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