jueves, 18 de septiembre de 2008

Ya que estamos hablando de Multas Laborales...

Siguiendo con la materia contenida en la entrada anterior, veamos como es posible rebajar la Multa a la mitad y/o al total de ella.

Si a un empleador se le ha cursado alguna multa por una infracción a la legislación laboral y se acredita dentro de los siguientes 15 días que se ha dado cumpliento integro a dicha obligación, y por supuesto a satisfacción de la Dirección del Trabajo, la multa debe ser reducida en un 50%.

Entonces ya sabe como rebajar la multa a la mitad.

Junto con ello, el empleador tiene el derecho de solicitar una reconsideración por el monto total de la multa, razón por la cual pudiera en algún caso quedar sin efecto el pago.

Ahora bien, me imagino que usted como empleador cuando cumpla con la exigencia laboral que originó la infracción, siempre va a solicitar el recurso de reconsideración, pues si no se solicita, la multa solamente puede ser rebajada en un 50% pudiendo en algunos casos ser rebajada en un 100%, siempre y cuando ello sea solicitado.

De acuerdo a lo señalado en la entrada anterior, respecto a la actividad de capacitación, se debe tener cuidado en cumplir con dicha actividad, pues si el empleador no cumple su compromiso, la multa que originalmente le fuera cursada, será aumentada en un 100%

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