jueves, 4 de septiembre de 2008

Permiso por nacimiento de un hijo

Muchas personas se preguntaron qué estaba haciendo en el trabajo la persona que falleció ayer, en un derrumbre en una construción en Santiago, si el día anterior había sido nacido su hijo.

La verdad es que en un principio pareciera que no se cumplieron las normas laborales que otorgan al trabajador algunos días libres en casos de nacimiento de un hijo, o adopción de uno.

El caso es que la desición de cuando se hace uso de dicho derecho, que por lo demás es irrenunciable, lo decide el propio trabajador. Considerando por cierto que ese derecho lo debe hacer valer dentro del primer mes de nacimiento del hijo.

Es importante señalar que aún cuando fuera el nacimiento de más de un hijo, el período que otorga la ley como permiso es de solamente 5 días, es decir, no se aumenta por una cantidad mayor de hijos nacidos al mismo tiempo, como mellizos por ejemplo.

Este derecho se encuentra establecido en el artículo 195 inciso segundo del código del trabajo, que establece que el padre tendrá un permiso pagado de 5 días corridos a contar de la fecha de nacimiento o distribuidos durante el primer mes desde la fecha de nacimiento.

Entonces al menos por esta situación no existe razón alguna para señalar o consultarse ¿qué hacia en su trabajo la persona fallecida? en forma que pudiera pensarse que la empresa estaba actuando en forma incorrecta al mantenerlo trabajando.

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