miércoles, 27 de septiembre de 2006

Acta de Entrega

En todas aquellas oportunidades en que se procede a efectuar un cambio de Comité de Administración y/o cuando se cambia al Administrador, se debiera confecionar una Acta de Entrega.

En este documento queda entonces descrita la situacion general de cada condominio, sus cuentas en el Banco, el detalle de las cuentas pendientes por pagar, los deudores morosos, un inventario de los bienes de la Comunidad, la situación de las instalaciones, la existencia o no de haber demandas pendientes, y en fin todos los aspectos importantes para que quien entrega y quien asume conozcan la verdadera situación en la cual se encuentran.

Para que la confección del Acta de Entrega, sea un hecho correcto, debe existir también un Interventor, que sirve como Ministro de Fé, además que en la misma Acta deben quedar incorporados todos aquellos documentos que sirven de base para su confección, como por ejemplo, las cartolas bancarias.

Si en una Comunidad nunca se ha efectuado ésta Acta de Entrega, es util hacerlo y allí se pueden determinar hechos que deben ser normalizados, como por ejemplo practicar un inventario de los bienes durables que la Comunidad ha adquirido, puede tambien encontrarse otros que de tanto mirarlos no se ven como por ejemplo el valor economico de la Comunidad.

Tambien el Acta de Entrega, sirve para deslindar responsabilidades en un eventual conflicto y hace mas exigente la labor del Interventor para determinar en forma precisa la real situación de la comunidad al momento de efectuarse la Entrega

2 comentarios:

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