lunes, 31 de octubre de 2011

Reglamento Interno de Higiene y Seguridad

Este mes que termina hemos estado confeccionando varios Reglamentos Internos para empleadores de diversas actividades.

Muchos empleadores desconocen la obligación de su implantación, tal vez en empleadores que hayan comenzado sus actividades en forma reciente sea posible entenderlo, pero también ocurre en empleadores que llevan varios años y no cuentan aún con dicho documento. Hace una semana me encuentro trabajando en una nueva empresa, que ya tiene más de 5 años de funcionamiento, cuando pregunté si tenían un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, no sabían nada de él, ahora que se ha contratado más personal he debido desarrollar un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

Una situación muy distinta es tener el Reglamento Interno que le corresponda, y otra situación muy diferente es entender la utilidad que le pueda entregar dicho Reglamento.

Dicho de otra manera, una situación es cumplir con la normativa vigente y tener implantado el Reglamento Interno y una muy diferente es entender que dicho documento le puede significar una gran diferencia al momento de enfrentar un accidente grave o fatal en su empresa.

Generalmente indico estos dos tipos de accidente, ya que son ellos con los cuales se pueda llegar a enfrentar una demanda judicial, sea ella civil o penal.

Debe entenderse que el Reglamento Interno es la mínima acción que emprende un empleador para cumplir con la Obligación de Seguridad que les impone el artículo 184, del Código del Trabajo, si no lo tiene y enfrenta una demanda por un accidente laboral, defintivamente no tendrá argumentos que pueda alegar en su favor, bueno los argumentos los puede tener, la diferencia esta en que el Tribunal con una certeza casi completa, no los aceptará.

Entonces si usted es un empleador, asegurese bien de tener implantado éste importante documento, que más que ayudarlo a cumplir con una obligación legal, lo estará protegiendo en gran medida ante una eventual demanda por un accidente laboral. El tenerlo implantado tampoco asegura que tiene defensa, luego de ello viene la Obligación de Informar los riesgos del trabajo, y si ha cumplido con ello, ya puede estar relativamente tranquilo.

Le hemos desarrollado el Reglamento Interno a más de dos centenas de empleadores de prácticamente todo el país, hemos trabajado de noche para cumplir con las necesidades de nuestros usuarios y nos afanamos por trabajar bien. Afortunadamente hemos recibido varias felicitaciones tanto por el trabajo como por la oportunidad que se le brinda a empleadores alejados de centros urbanos para que también puedan satisfacer esta necesidad y obligación legal, felicitaciones que por supuesto nos alegran el día.

Estamos ahora comenzando una nueva étapa, con nuevos servicios que poco a poco iremos subiendo a nuestros sitios web. Estamos seguros que serán del interés de los empleadores a quienes estarán dirigidos.

Esperamos entonces poder seguir contando con la confianza de los empleadores, ya que ellos son a quienes dedicamos gran parte de nuestros esfuerzos.

editor

No hay comentarios.: