jueves, 25 de enero de 2007

Nuevo Reglamento Especial

Quienes hayan leído ya la ley 20.123 que entró en vigencia el pasado 14 de Enero, habrán notado que se viene un nuevo Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Sub Contratistas.

En efecto, la nueva ley dispone que en aquellas empresas Mandantes en que la suma de todos los trabajadores supere los 50, se deberá confeccionar el señalado Reglamento a objeto de, entre otros objetivos, coordinar las actividades de prevención de riesgos laborales.

En ese Reglamento entre otras situaciones, las empresas Mandantes solicitarán a su Contratistas y Sub Contratistas la presentación de su propio Reglamento Interno de Higiene y Seguridad o de Orden, Higiene y Seguridad, según sea el caso.

Entonces las empresas Contratistas y Sub Contratistas que no posean su Reglamento Interno deberán implementarlo rapidamente, de lo contrario lo más probable es que sus trabajadores no puedan ingresar a los lugares de trabajo, hasta el momento de ser presentado el documento a la empresa Mandante.

Entonces la recomendación es a no exponerse inutilemente a enfrentar una situación desagradable, tanto para el Contratista como la para la empresa Mandante, quién se encuentra obligada a velar por el cumplimiento de las normas de prevención de todos los trabajadores que laboren en sus obras, tengan la dependencia que tengan. No se exponga entonces ante la empresa Mandante, mala imagen para su empresa si ocurre una situación como la descrita.

Recuerde que todos los empleadores tienen la obligación de implementar un Reglamento Interno, el que estará en relación directa a la cantidad de trabajadores que tenga contratados.

En estos momentos esta tomando fuerza el conocimiento de la obligación de seguridad que tiene el empleador respecto a sus trabajadores, y en razón de ello las empresas Mandantes, con toda seguridad, serán estrictas en exigir el fiel cumplimiento de las normas laborales por parte de sus Contratistas y Sub Contratistas.

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