lunes, 26 de octubre de 2015

Nuestro trabajo

El trabajo que desarrollamos -principalmente a condominios- se enfoca en colaborar en la protección de la organización frente a determinados riesgos que enfrenta normalmente, ejemplo cumplimiento de la normativa vigente.
Por ejemplo los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad o de Orden, Higiene y Seguridad, o de Higiene y Seguridad para piscinas de uso público restringido, son en primer lugar para cumplir la norma vigente, y evitar en muchos casos las sanciones por el incumplimiento, ya que son varios los empleadores que solicitan los reglamentos solamente luego de ser fiscalizados.
Pero también es entregar al empleador, una seguridad legal frente a accidentes del trabajo graves o fatales, pues estos reglamentos son la primera acción frente a la obligación de seguridad que tiene el empleador con sus trabajadores y cuya exigencia se encuentra radicada en el artículo 184, del código del trabajo, que nos previene que el empledor debe realizar todas las acciones necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajador.  
Desafortunadamente son muchos los empleadores que desconocen esta materia, y solamente toman conciencia de ella cuando enfrentan una demanda por un accidente del trabajo, pero infortunadamente en un momento en que ya no pueden realizar alguna acción en fin de protegerse legalmente.
Luego viene informar los riesgos del trabajo. 
Estas dos actividades, confección del reglamento interno e informar los riesgos del trabajo, son actividades sencillas, pero que deben ser realizadas en forma permanente, cada vez que se contrate a un nuevo trabajador o cuando se genere una nueva función que genere nuevos riesgos para el trabajador.
Si ello no se realiza, se genera un riesgo para el propio empleador.
El Reglamento de piscina.
Se conoce la exigencia que todos los condominios que cuentan entre sus instalaciones con una piscina, deben contar durante todas las horas de funcionamiento con personal salvavidas y de primeros auxilios. Pero existe la alternativa de implantar un Reglamento que exime al condominio de contratar al personal indicado.
En ese reglamento, se incluyen las medidas de para prevenir accidente por inmersión, para evitar la contaminación del agua, las prohibiciones, los horarios de uso, las personas que pueden ocupar la piscina y las que no, etc. 
En definitiva se entrega a cada unidad del condominio las normas que se deben cumplir al momento de utilizar esa instalación.
El Plan de Emergencias. En cualquier organización un Plan de Emergencias es fundamental para planificar la manera en que se actuará para hacer frente a diferentes situaciones de emergencias que se pueden enfrentar, sean ellas originadas por la naturaleza, o bién por la actividad humana.  
En definitiva el mensaje que deseo transmitir, dice relación con que con las actividades mencionadas se esta reduciendo la incertidumbre frente a diversas situaciones que pueden afectar a la organización: condominio, restaurant, empresa, por ejemplo. Esas situaciones pueden ser fiscalizaciones, accidentes, desastres naturales,  etc.
Le invito a visitar nuestro sitio web www.eladministrador.cl y conocer mas de nuestras actividades.

     
 

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