lunes, 30 de mayo de 2005

Funciones del Administrador

Quiero detenerme un momento en una de las funciones que la ley de Copropiedad le asigna al Administrador. Esta función se encuentra contenida en el artículo 23 de la ley, y dice que son funciones del Administrador "..., velar por la observancia de las disposiciones legales y reglamentarias sobre copropiedad inmobiliaria y las del Reglamento de Copropiedad; ..." La idea que deseo transmitir es que además de lo que generalmente se piensa de que el Administrador se encuentra obligado a respetar la legalidad, esa es una función claramente señalada en la ley, en consecuencia los señores Administradores no pueden desconocer la norma o su espiritú. Los Administradores no solamente deben hacer cumplir las normas a los señores copropietarios, sino que también a la Asamblea y a los integrantes del Comité de Administración. La ley radica en la persona del Administrador la función de velar por el cumplimiento de las normas legales sobre copropiedad inmobiliaria, en consecuencia si la Asamblea o uno o mas miembros del Comité de Administración la sobrepasan o intentan sobrepasarla, debera ser el Administrador quien deberá indicar esa circunstancia. Por supuesto que el Administrador debe ser el primero en cumplir las normas legales. En resumen, el Administador deberá velar por la observancia de la normas legales y reglamentarias, como también del Reglamento de Copropiedad de su comunidad. Esa observancia deberan cumpirla todos los actores -incluyendose el mismo Administrador- que se encuentren involucrados en la Administración o gestión de una Comunidad de Copropietarios y de quienes se relacionen con ella. Por tanto, ninguna persona o entidad, puede arrogarse más atribuciones que las que legalmente les corresponden. Los Administradores o integrantes del Comité de Administración e inclusive las mismas Asambleas deben ceñir su actuación a lo señalado en las normas legales. Todos hemos leído o escuchado sobre personas que creen que por desempeñar un cargo eminentemente temporal, se arrogan atribuciones mas alla de lo que le permite la ley. Eso se debe terminar.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

me gusta las forma de pensar de las agente puro pa delante apoyo de corazon jejeje biex

Anónimo dijo...

pienso que es muy interesante cuando nos tenemos a leer cosas y logramos enterder el porque de ellas....!!

Anónimo dijo...

DEBERIA DE SER MAS ESPECIFICO PARA DESARROLLAR ESTE TEMA PARA QUE LOS JOVENES ENTIENDAN

Anónimo dijo...

es dificil comprender lo q se quiere explicar

Anónimo dijo...

por favor sea mas claro para que podamos entender