domingo, 18 de noviembre de 2018

Reglamento Interno para piscinas

Entre otras organizaciones, los condominios que cuentan entre sus instalaciones con una piscina, se encuentran obligados a contratar personal salvavidas y de primeros auxilios durante todas las horas de funcionamiento de su piscina.
Ello puede resultar en un aumento importante de los gastos comunes mensuales, al menos en los meses de verano.
Sin embargo, los condominios pueden implementar un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para piscina de uso público restringido, cual es la calidad de sus piscinas. Lo que le puede permitir eximirse de la contratación del personal señalado anteriormente.
Ahora bien, para aquellos condominios que desean contratar personal, nada impide que se tengan ambas soluciones, pues el Reglamento Interno, será de una ayuda importante para el personal salvavidas y de primeros auxilios.
También, es posible que en los momentos que exista poca concurrencia de bañistas, solamente se aplique el Reglamento y en las horas de mayor asistencia se apliquen ambas medidas de prevención, el Reglamento y el personal contratado.
O, alguna persona o Administrador, va a preferir lo contrario, cuando asistan pocos usuarios a la piscina, se tiene ambas medidas de prevención, y cuando asisten muchas, se aplica solamente el Reglamento, considerando que muchas personas podrán actuar ante una situación de emergencia.
Pero finalmente, existirán mas alternativas, que tener solamente una o peor aun, ninguna.
Con la aplicación de ambas combinadas, puede resultar en un aumento de las medidas de prevención -además de entregar las normas de uso- y en un rebaja de los gastos comunes, si originalmente la idea es o era, contratar solamente personal de emergencias.
Esas son las tres posibilidades, que se pueden cumplir con la implementación del Reglamento Interno para la piscina de su condominio:
1.  Implementar solamente, el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para la piscina.
2.  Contratar solamente personal de emergencias para ubicarlas en la zona de la piscina.
3.  Una combinación de ambas alternativas y determinación en que horario se mantiene el personal de emergencia. 

Además existe una cuarta alternativa, pero ella no le permite un ahorro de gastos comunes: 
4.  Utilizar durante todo el tiempo ambas posibilidades: Impleme4ntar el Reglamento para la piscina y contratar el personal de emergencias.
Finalmente comentar, que alguna de ellas debe implementar, si su condominio cuenta con piscina, NO puede dejar de implementar alguna de ellas.

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