He estado pensando en los costos económicos que le involucrará a las empresas dueñas de las obras, en los accidentes ocurridos la semana pasada y en los cuales fallecieron 7 trabajadores.
1.Pensemos, en primer lugar en su cotización adicional de la ley sobre accidentes del trabajo, supongamos que pagaba la tasa referencial del 2,55% que sumada a la cotización básica de 0,95 nos da un total de 3,45% sobre el total de las remuneraciones imponibles.
Ahora debemos pensar en las remuneraciones imponibles de la empresa, hablemos de un valor de $ 50.000.000 incluyendo todo su personal de Gerencia y Administrativos.
Entonces $ 50.000.000 x 3,45 paga como cotización adicional $ 1.725.000
Con el accidente, con seguridad su tasa adicional subirá al máximo permitido que es de 6,8% más la cotización básica de 0,95 nos da una nueva tasa de 7,75%
Entonces lo que deberá comenzar a pagar es de $ 50.000.000 x 7,75 $ 3.875.000
Por un período no menor de 2 años.
La diferencia de entre los $ 3.875.000 y los $ 1.725.000= y que asciende a $ 2.150.000, multiplicada por 24 nos da $ 51.600.000.
Este es el costo sólo por el cambio en su cotización adicional, luego de cumplido los 2 años, y para poder rebajar esa tasa, debe cumplir varios requisitos exigentes, que si no los cumple, prolongan la tasa por otros 24 meses. Entonces por este concepto, no le conviene para nada a ninguna empresa que se produzcan accidentes tan graves.
2.Pensemos ahora en lo que deberá pagar eventualmente como indemnización por cada trabajador fallecido. Haciendo un calculo más o menos de como resuelven los tribunales los casos en que fallecen trabajadores, pongamos un valor bastante ponderado de $ 100.000.000 por cada trabajador, entonces tenemos $ 700.000.000 en indemnizaciones, para cubrir tanto daño material como moral.
3.En tercer lugar, pensemos en las multas que pueden imponerle tanto la Dirección del Trabajo, como el Sesma, como estas multas son reclamables, solamente sumemos $ 3.000.000.
4.Los gastos de abogados, -que tampoco son baratos- pongamos un estudio jurídico que solamente cobre $ 20.000.000
5.Los días que no se trabajan por orden de la autoridad competente, constituyen fuerza mayor, pero sumemos las remuneraciones por esos días, agreguemos $ 10.000.000=
6.Con todo creo que una vez terminados los departamentos, se sufrirá una pérdida económica en el valor de su venta pues muchas personas no querrán comprar en un lugar donde ocurrieron tantas muertes, este valor no lo sumo pues solamente es una eventualidad.
7.Las personas que compren deben tener cuidado que los departamentos al momento de la transacción no se encuentren embargados, como resultado de las demandas indemnizatorias.
Conclusión.
Entonces las pérdidas que deberán afrontar las empresas involucradas, más o menos tienen la siguiente valorización:
Santiago Escárez San Martín
Contador y Técnico en Administración
Administrador de Edificios
- Tasa adicional ley 16.744 $ 51.600.000
- Indemnizaciones 700.000.000
- Multas 3.000.000
- Gastos de abogados 20.000.000
- Días no trabajados 10.000.000
- Total $ 784.600.000
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