viernes, 29 de julio de 2005

Acoso Moral en el Trabajo

En muchas oportunidades se conoce de casos en que un empleador quiere que un trabajador se retire de la empresa y ejecuta algunas acciones tendientes a lograr ello. La mas severa segun mi punto de vista, es cuando a un trabajador se le mantiene en un lugar de trabajo sin que realice tarea alguna, vale decir, debe asistir a su lugar de trabajo pero mantenerse inactivo, sin hacer nada y generalmente además se le niegan otro tipo de derechos. Desde mi juventud conocí de estas situaciones. Recuerdo un caso en que el Jefe del Departamento de Finanzas de una empresa pública a nivel nacional, fue removido de su puesto y dejado como encargado de una sección del mismo Departamento que antes dirigía, pero sin realizar trabajo alguno con gran menoscabo moral para él. Todo el personal se dió cuenta de esa acción, la idea era que el ejecutivo renunciará a su cargo, lo cual no hizo. Otro ejemplo, cuando a un trabajador se le dice: "Si no te gusta el trabajo, agarra tu cosas y te vas". Estas son las acciones que el trabajador puede manifestar ante una situación de esa naturaleza: 1. Renunciar a su trabajo. 2. Luchar por su dignidad y tratar de revertir la situación. 3. Aceptar la situación que le toca vivir. En muchas oportunidades, las más, el trabajador decide abandonar su empleo. Es una situación muy desagradable y que merma significativamente el espiritú del trabajador. En Chile, si bien es cierto la Inspección del Trabajo exije que se le otorgue efectivamente al trabajador el trabajo efectivo para el cual fue contratado, no recuerdo que exista una norma legal que sancione el acoso moral, tanto en el código del trabajo como en los Estatutos Administrativos de los funcionarios públicos y/o municipales.. Incluso en muchas oportunidades estos hechos aparecen en la prensa, pero no le damos la importancia que realmente tienen. En muchos casos, actualmente en las noticias puede desprenderse estas actuaciones -generalmente en empresas públicas- en que trabajadores se sienten perseguidos y maltratados moralmente por sus superiores. El acoso moral es generalmente desde un nivel superior a otro inferior y en forma muy rara se puede dar a la inversa. Creo que así como ya se legisló sobre el acoso sexual en el trabajo, pronto se comenzará a legislar sobre éste tema que también es importante.
La idea que debe primar es que el acoso moral sea desterrado del ámbito laboral, no que el trabajador soporte bien o mal esos actos, ni que luche contra ellos, menos que deba abandonar su trabajo. La idea que debe primar es que no existan personas que acosen moralmente a sus trabajadores.

jueves, 28 de julio de 2005

Seminario sobre Prevención de Riesgos

Tuve la suerte de asistir hoy a un Seminario Internacional de Prevención de Riesgos organizado por el INP de Valparaíso, evento realizado en la nueva sede de Inacap, que cuenta con un excelente Auditorio. Los temas tratados fueron: Acoso Moral , Relator Sr. Antonio Salas Baena, de España Estrés Laboral, Relatora Sta. Daniela Gutierrez, de Chile Responsabilidad Legal frente a Accidentes del Trabajo, Sr, Enrique Carrasco B., de Chile Es importante conocer la realidad de España y saber que en este aspecto se encuentra más avanzado que nuestra legislación, con seguridad más adelante también en Chile se tratará más a fondo el tema del acoso moral en el trabajo. Muy buena la exposición. Resultó también oportuno conocer alguna cifras sobre el estrés que sufren las personas. Las cifras presentadas fueron las que demuestran la realidad de Santiago. En ellas se señalan que al menos un 52% de la fuerza laboral a sufrido en alguna oportuna estrés laboral negativo. El tema de la Responsabilidad legal fue el tema con el cual finalizó el seminario. Es un tema muy interesante, acerca del cual también he tenido la oportunidad de escribir en este Blog. Las personas y especialmente los empleadores deben saber y conocer las varias normas legales que le obligan a proteger la vida y la salud de los trabajadores, la responsabilidad que tienen frente a los accidentes, responsabilidad que incluso-además de grandes sumas de dinero- les puede costar la libertad. Espero que el INP -a quien de todas maneras felicito por esta oportunidad- prosiga con esta actividad de entregar conocimientos sobre la prevención de riesgos y con exposiciones tan interesantes como las del día de hoy. Por cierto la gran concurrencia es un buen indicador acerca del interés que muestran las personas por estos temas.

miércoles, 27 de julio de 2005

Precauciones anteriores a un Terremoto

Antecedentes que debe considerar un Plan de Emergencia.
* Tome en cuenta que no todos los temblores son destructivos, solamente un bajo porcentaje de ellos * Inspeccione su departamento, ubique los posibles lugares de riesgos como por ejemplo: Cerca de ventanales, vitrinas y espejos, bajo lámparas y otros artefactos de vidrio. Cerca de Bibliotecas, estanterías y otros muebles que puedan desplazarse y caer con facilidad. Escalas y balcones. Bajo cornisas, chimeneas o cables de electricidad, y los lugares seguros que sirvan de refugio en una emergencia sísmica, por ejemplo; Bajo dinteles de las puertas. Cadenas de muros o pilares estructurales. Bajo mesas, escritorios o camas. Rincones de habitaciones alejados de las ventanas. * Nunca se deje llevar por el pánico huyendo en forma despavorida de su departamento. * No deje obstáculos en el camino hacia puertas de escape y cerciórese de que estas se abran fácilmente. * Mantenga siempre a mano y en lugar seguro una linterna, radio a pilas, algunas herramientas útiles para remover escombros * Conserve en un lugar seguro, un bidón con agua fresca * Tenga a mano un botiquín portátil de primeros auxilios * Enseñe a los miembros de su familia, como suspender o cortar la electricidad, el gas, el agua. * No coloque en los balcones maceteros u otros objetos pesados sueltos * Fije a las paredes de su departamento las estanterías y no ponga en la parte alta, objetos inestables pesados. * mantenga conversaciones con sus familiares en forma serena acerca de los temblores y otros desastres, eduque, no cuentas situaciones horripilantes. Así, todos juntos podrán pensar que hacer durante un terremoto.

martes, 26 de julio de 2005

Debilidades y Fortalezas

Siempre que se analiza una organización se puede realizar un análisis FODA, que demuestre las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas de esa organización. Veamos en lo que nos interesa a nosotros. Existen obligaciones legales sobre el cumplimiento de ciertas exigencias en las comunidades de copropietarios como por ejemplo implementar el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, informar de los riesgos laborales, cumplir el deber de prevención, implementar un Plan de Emergencias entre otras obligaciones. Cuando un condominio no cuenta o no ha cumplido con esas obligaciones, indudablemente esa situación representa una Debilidad, es una situación pendiente que no ha sido cumplida cabalmente, pero que debe cumplirse.. Sin embargo, ello se puede reparar con el cumplimiento de las obligaciones citadas, de no ser así ellas, pueden convertirse en verdaderas Amenazas si por desgracia llegara a ocurrir un accidente grave. Amenaza, ¿porqué? porque no tardará en llegar una demanda millonaria que persiga la responsabilidad civil o penal de la comunidad. Allí se convierten en realidad estos conceptos. Ello se puede cambiar. Cumpla con la exigencias legales. La Debilidad transformela en Fortalezas, si se han cumplido todas las exigencias legales, en igual forma pueden ocurrir los accidentes, pero la forma en que se encontrará la Comunidad será diferente. Podrá defenderse con argumentos sólidos en cualquier tribunal, podrá demostrar que ha cumplido con las obligaciones legales como empleador y ello le servirá en forma decisiva en su argumentación. No espere en cumplir con sus obligaciones, no mantenga a su comunidad en la indefensión ante una eventual desgracia. Proteja de forma eficiente el patrimonio de los copropietarios. Si es demandada la comunidad, ellos serán quienes finalmente deban pagar las indemnizaciones a que sea condenada pagar. Por tanto transforme sus Debilidades en Fortalezas.

lunes, 25 de julio de 2005

Precauciones anteriores a un Incendio

La respuesta a una emergencia sólo se puede iniciar cuando se conoce la existencia del evento que lo origina. La primera acción una vez detectado el fuego, es dar la ALARMA, inmediatamente. Cualquier demora implica necesariamente darle mayor oportunidad de crecer al incendió LOS PRIMEROS 5 MINUTOS SON MAS IMPORTANTES QUE LA HORA SIGUIENTE. Detectado el fuego, antes de emprender una acción de combate, se dará la alarma o de existir en el departamento dos o más personas, se efectuará paralelamente el combate y la alarma. Ante todo en una emergencia, la prioridad es proteger a las personas. El conocimiento previo sobre la ocupación de cada departamento, en la cantidad de personas, edad, impedimentos, etc, deberá mantenerse en un listado con una revisión periódica. Cada usuario de departamento, deberá tener presente, por su propia seguridad, las siguientes acciones mínimas: 1. Siempre se debe pensar en la posibilidad de escapar, por lo tanto, es necesario hacer un croquis que muestre la ubicación del departamento que ocupa, la ubicación de la salida, distancia, etc. 2. Conversar con los componentes de los departamentos acerca de qué harán en caso de incendio, el rol de cada uno y lugar de reunión al salir del edificio. 3. Si visualiza humo cerca de su departamento o en el pasillo, es que se ha producido un posible incendio. Cerciorarse y proceda a dar la alarma. 4. Nunca use los ascensores en caso de incendio. 5. Nunca lance agua a un fuego de grasas, aceite o campos eléctricos. La alarma será informada a un conserje vía telefónica u otra manera, indicando en forma calmada las características de éste. Ninguna persona por grandes conocimientos que tenga sobre el tema, puede tener la certeza que él solo va a controlar y extinguir un fuego que se ha iniciado pequeño. Los Bomberos, en razón de su ubicación, requieren de cierto tiempo para responder a una alarma. No haga que ese tiempo sea mayor, demorando la solicitud de auxilio. Otorguemos al Cuerpo de Bomberos la oportunidad de cumplir con su misión, es preferible, que cuando ellos arriben, encuentren el fuego extinguido. Cada unidad en su interior y en un lugar visible, a un costado del aparato telefónico, deberá mantener el número de emergencia de Bomberos, que es el 132.

domingo, 24 de julio de 2005

Responsabilidad de la comunidad de copropietarios

El Administrador de un Edificio debe implementar todas las medidas que en forma criteriosa se dirijan a proteger la vida y la salud de los trabajadores dependientes. En Chile esa obligación se encuentra radicada en los empleadores. En todos los empleadores, cualesquiera sea su actividad. En nuestro caso, en las Comunidades de Copropietarios. Ningún empleador se encuentra exento de esa obligación. Por tanto el Administrador debe conocer esa obligación en forma certera, en forma clara. También debe conocer otros conceptos que, eventualmente, puede tener que manejar, como por ejemplo: la negligencia inexcusable de un trabajador en un accidente ¿la puede invocar como causal de la exoneracion de responsabilidad de su condominio? ¿Puede el Administador incurrir en responsabilidad civil o penal por los actos que realiza? ¿Qué es el dolo? ¿Qué es la culpa? ¿En que situaciones puede una comunidad de copropietarios ver comprometida su responsabilidad administrativa, civil o penal? ¿Cómo actuar luego de un accidente grave? ¿Qué requisitos debe cumplir para resguardar su responsabilidad legal? El trabajo de un Administrador no es tan sencillo como se pretende hacer creer. Tampoco lo es el trabajo gratuito de los señores miembros de un comité de administración, pués ellos también pueden incurrir en situaciones que afecten su responsabilidad civil o penal. Por lo tanto, tambien debieran conocer de estos temas. En razón de esas consideraciones he mantenido este Blog durante este tiempo. La idea es transmitir algunos conocimientos que puedan ayudar a efectuar el trabajo en una mejor forma, de una forma más segura para todos. También existe la responsabilidad administrativa. Si ocurren accidentes en un condominio la tasa adicional diferenciada va a sufrir una alza en su porcentaje. Ello al final cuesta mucho dinero. Más de lo que se necesita para prevenir accidentes También deben proporcionarse los elementos de protección personal que sean necesarios para las funciones que se realicen al interior de los condominios, ello es sumamente importante. Es la idea reiterar la preocupación que debe existir en estos temas. Ellos son importantes y no deben ser dejados de lado.

miércoles, 20 de julio de 2005

Nuevo Sueldo Mínimo

A contar del dia 1 de Julio a comenzado a regir el nuevo valor del sueldo mínimo en Chile, cuyo valor es de $ 127.500= y que estará vigente hasta el mes de Junio del próximo año. Tambien cambian los valores de las asignaciones familiares y que son a. $ 3.930 por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de $ 122.329= b. $ 3.823 por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual sea superior a $ 122.329= y no exceda de $ 239.605 c. $ 1.245 por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual sea superior a $ 239.605= y no exceda de $ 373.702 d. $ 0 por carga, para beneficiarios cuyo ingreso mensual sea superior a $ 373.702 Debe tenerse en cuenta, que en el caso de los causantes invalidos, el monto que les corresponde de acuerdo con los nuevos valores, debe aumentarse al duplo. Tambien cambian los sueldos para menores de 18 años y mayores de 65. Para las trabajadoras de casa particular queda en $ 95.625= imponible mensual.

lunes, 18 de julio de 2005

Accidente de dos Ejecutivas

Hace algunos dias ocurrió un lamentable accidente de tránsito en que fallecieron dos ejecutivas de una importante empresa portuaria. Aun cuando el accidente ocurrió en la madrugada, debe investigarse si correponde o no a un accidente de trayecto o con ocasión del trabajo, pues al parecer se encontraban regresando de una reunión de trabajo, y de ser así se encontrarian protegidas por la ley 16.744 sobre accidentes del trabajo. Cual es la importancia? La importancia radica en que si las personas fallecidas tenían cargas familiares, les corresponde que les paguen los beneficios económicos que asigna la ley para estos casos. Sin embargo, además de lo lamentable que resultan estos fallecimientos, también existe la inexplicable irresponsabilidad del conductor del vehículo que provocó el accidente quién de acuerdo a los antecedentes, se encontraba bajo los efectos del alcohol. En este caso esa irresponsabilidad la sufrieron las dos ejecutivas fallecidas y sus familiares. Miles de veces se han pasado comerciales de campañas educativas en donde se señala que si se bebe alcohol, no se debe conducir. Miles de vidas se salvarian si se siguieran esos consejos y miles de familias no se verían enfrentadas a dolorosos momentos al perder a sus seres queridos. Referido al accidente mismo creo con seguridad que si las ejecutivas volvian de una reunión de trabajo, se encontraban cubiertas por la ley de accidentes del trabajo y debieron recibir las prestaciones medicas que les fueron otorgadas, con cargo a los beneficios que otorga esa ley.
Muchas personas desconocen los alcances de esta ley y los beneficios que otorga, incluso muchos accidentes que parecieran ser de indole común, si se analizan con mayor profundidad, caben dentro de los beneficios que otorga esta ley. En consecuencia, es recomendable conocer estas normas, ya que en cualquier momento podemos vernos obligados a solicitar sus beneficios.

sábado, 9 de julio de 2005

Resultado de Apelacion a Compin

En el mes de Enero pasado confeccioné una Apelación de un rechazo de una Licencia Médica por parte de una Isapre, que arguía razones de haber sido presentada en forma extemporanea. El Compin acogió los argumentos presentados por la beneficiaria y en definitiva dispuso que la Isapre debia otorgar los beneficios económicos que correspondían. La intención de incluír este resultado es con la finalidad que las personas presenten las apelaciones necesarias cuando crean que se encuentran en lo correcto, cuando sientan que sus derechos han sido sobrepasados. Hacer valer sus derechos en definitiva. Los argumentos esgrimidos por la Isapre eran imposibles de cumplir pues computaron los plazos de presentación de la Licencia desde incluso antes de que fuera efectivamente emitida. Por esa razón rechazaron la Licencia Médica cuando fue presentada en el plazo origina. Para mayor claridad incluyo la Apelación.

Valparaíso, 18 de Enero de 2.005

Señores Comisión Medica e Invalidez Valparaíso

VALPARAÍSO

De mi consideración:

Me dirijo a ustedes con la finalidad de presentar Apelación ante rechazo por parte de la Isapre ......................... a la Licencia Médica No 12854947, que se adjunta, extendida con fecha 3 de Enero de 2.005 y con un período de reposo de siete días, desde el 30 de Diciembre de 2.004 hasta el 5 de Enero de 2.005.

Esta Licencia Médica fue presentada a la Isapre señalada con fecha 4 de Enero de 2.005, vale decir 1 día luego de haber sido emitida y un día antes del término del plazo de reposo.

La causal invocada por la Isapre es presentación fuera de plazo, adjunto Resolución de Licencia Médica (Redictamen) No 7248.

El artículo 11 inciso primero, del DS 3 del Ministerio de Salud Pública, y que contiene el Reglamento de Autorización de Licencias Médicas, señala que la licencia “...deberá ser presentado al empleador dentro del plazo de dos días hábiles, en el caso de trabajadores del sector privado... ambos contados desde la fecha de iniciación de la licencia médica.”

A su vez el artículo 13 del mismo cuerpo legal indicado anteriormente, dispone que el empleador debe enviar la licencia para su autorización a la Isapre, dentro de los dos días siguientes a la fecha de recepción por el empleador.

En consecuencia, existen 4 días hábiles contados desde el día 30 de Diciembre de 2.004, para presentar la licencia médica, y dicho plazo finalizaba el día 5 de Enero de 2.005. La licencia médica fue presentada el día 4 de Enero, vale dentro del plazo de reposo.

A mayor abundamiento, el articulo 54 del mismo cuerpo legal ya citado, dispone que “podrán admitirse a tramitación aquellas licencias presentadas fuera de los plazos señalados, siempre que se encuentren dentro del período de duración de la licencia y se acredite ante el Servicio de Salud o la Isapre, que la inobservancia del plazo de presentación se debió a caso fortuito o fuerza mayor.

Es el caso que la licencia médica fue extendida con fecha 4 de Enero de 2.005, en consecuencia la Isapre debió haber considerado esa circunstancia pues antes nunca se podía haber presentado pues el formulario de licencia no había sido extendido. En consecuencia en el mismo cuerpo del formulario de licencia médica se encuentra acreditada en forma fehaciente la causal de fuerza mayor.

En este punto cabe recordar un aforismo legal que dispone que “nadie esta obligado a lo imposible” Pues era materialmente imposible presentar a tramitación un documento que no había sido emitido.

En consecuencia y de conformidad a los antecedentes presentados, recurro a esa Comisión Médica Preventiva e Invalidez, con la finalidad que corrija el error cometido por la Isapre ......................., y en definitiva dictamine que corresponde la tramitación de la licencia médica No 12854947 y ordene a la señalada Isapre, el pago del subsidio correspondiente.

Sin otro particular, les saluda atentamente,

Nombre y Rut

domingo, 3 de julio de 2005

Operador Local de Universidad Virtual latinoamericana

Recientemente he sido designado como Operador Local de la Universidad Virtual Latinoamericana. Esta es una organización que por más de 10 años ofrece en toda latinoamerica diversas carreras, cursos y seminarios, a traves de correo eléctronico, principalmente ellas dicen relación con materias de Informática, Computación, Periodismo e Inglés, aún cuando también tienen otros cursos de capacitación. Invito cordialmente entonces a los Administradores de Edificios y demás personas que se encuentren interesadas en efectuar un perfeccionamiento con valores totalmente accesibles, a inscribirse en una de las carreras ó cursos que imparte esta Universidad Virtual Latinoamericana, cuya dirección es: http://uvl.netfirms.com Tambien pueden solicitar información a: uvl-cl9@chile.com

sábado, 2 de julio de 2005

Plan de Acceso Universal de Garantias Explicitas (AUGE)

El día 1° de Julio recién pasado comenzó a aplicarse en Chile el Plan de Salud más conocido como Plan AUGE. Este es un plan de salud que garantiza el acceso -en un comienzo de 25 patologías graves- oportuno a tratamientos médicos de enfermedades consideradas graves. Las personas que se encuentran en Fonasa pagarán un copago bajo por la utilización de este plan. Las personas que se encuentren clasificadas en las letras A y B no pagaran nada. Las personas que se encuentran afiliadas a una Isapre deberán adicionar a sus contratos de de afiliación valores cercanos a los dos mil pesos por persona incluída en esos contratos, valores que ya les han sido informados mediante carta. Personalmente encuentro que es beneficioso este plan para todas las personas. Puede tener muchos aspectos que tal vez se puedan criticar, sin embargo, la situación para miles de personas que sufren las patologías que se incorporaron será mucho más tranquilizador desde ahora. Esas patologias son consideradas en muchos casos como catastroficas, pues afectan gravemente no solamente la salud de las personas, sino que también el patrimonio familiar. Esa es una consideración importante que debe tenerse en cuenta al momento de pensar en criticar este plan. Para las personas que afortunadamente no enfrentan una situación que las pueda afectar directamente, tienen la tranquilidad de saber que llegado el momento pueden resolver sus problemas de salud en forma más rápida y sin temor de quedar en la ruina, o peor aún, de no poder efectuar el tratamiento necesario. Para el gobierno será un gasto muy importante en salud. A pesar de ello, espero también que más adelante puedan incorporarse otras patologías tal como se ha señalado desde el gobierno. Sin embargo, también en este caso debe pensarse en trabajar en medidas de prevención médicas.

viernes, 1 de julio de 2005

Accidentados de tránsito

Hasta el dia 30 de Junio del año 2005, se habian producido 847 muertes en accidentes del tránsito en Chile. A la misma fecha del año pasado, las muertes sumaban 934, vale decir, durante el año 2005 se han provocado 87 personas fallecidas menos que el año pasado. Un 9,31% , menos. Habia pensado no seguir incluyendo estos datos en mi blog, pero pienso que es relevante que se reitere sobre estos temas. Razón por la cual insisto en estas estadísticas, pués de esta manera posiblemente alguna persona pueda tomar conciencia de los riesgos de los accidentes de tránsito, tanto como conductor o peatón. En seís meses han fallecido menos 87 personas que en el mismo período del año pasado. Personalmente lo encuentro importante, si continuara la tendencia, hacia fines de año, serían más de 160 personas menos fallecidas, es decir, más de todas las muertes que se producen en un mes. Sigamos entonces insistiendo en estas situaciones para que, con más conciencia, reduzcamos aún más la estadísticas de mortalidad en este tipo de accidentes.