Sabemos que existe la obligación legal de contratar un seguro de incendio por los espacios comunes, en un condominio.
Pero no sabemos cual es el valor a asegurar.
La respuesta a esa interrogante es el valor real de los bienes.
Si lo asegura por un valor mayor, estará sobreasegurando los bienes, y en caso de siniestro, la indemnización solamente se calculará sobre los valores reales, no sobre el valor asegurado.
Si efectuado un análisis de las áreas comunes de un edificio, se determina que es de $ 1.500 millones, no obtiene ningún beneficio asegurándolo por 3 mil millones. En caso de pérdida total, se indemnizará por los 1.500 millones, y se le devolverá la prima pagada en exceso por los otros 1.500 millones.
Ahora, tampoco tiene utilidad asegurarlo, por ejemplo en 750 millones, ya que se estaría subasegurando el edificio, y tambien por ejemplo, en caso de perdida total, la compañía aseguradora podría aplicarle la claúsula de porrateo.
Y allí la compañía indemnizaría solamente un 50% de las pérdidas, pues el asegurado, contrató el seguro por el 50% del valor de los bienes.
Esta situación, más el deducible son materias importantes de tener en mente al momento de contratar un seguro. Allí se define el riesgo -en pesos por ejemplo- que está dispuesto a asumir el contratante.
Los ejemplos son en pesos solamente a manera ilustrativa, pero se trabaja en Unidades de Fomento.
Analice ahora como es la situación de su condominio, y también el riesgo de sismo.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario