Como a cualquier entidad que tenga contratado trabajadores dependientes, los condominios no se encuentran exentos de tener que enfrentar demandas laborales.
Despidos injustificados, despidos sin respetar los trámites procedimentales que involucran un despido, despidos sin causa justificada, pago de remuneraciones, pago de horas extras, años de servicios, cotizaciones previsionales, son causales y conceptos que se incorporan en las demandas.
La relación con los trabajadores debiera ser más o menos ármonica y tanto el Administrador, como el C. de Administración, y también los habitantes del condominio, debieran conocer y reconocer los derechos de los trabajadores.
Por supuesto que el empleador es quien dispone las normas de trabajo, haciendo uso de su facultad de dirección, pero ellas se deben encontrar insertas dentro del marco legal de las relaciones laborales.
El Administrador debe tener experiencia en el tema, y por mucho que a veces se quisiera despedir a un trabajador, es mejor contar hasta 10 o más, y luego trabajar en forma más aterrizada.
Si efectivamente, un trabajador comete una infracción de aquellas señaladas en el Código del Trabajo y se estima oportuno el despido, se debe actuar de inmediato, no al día siguiente ni menos la semana siguiente, ni acumular infracciones.
Si no se despide, procede el perdón de la causal.
Recuerde que los incumplimientos al Contrato de Trabajo, es en dos direcciones, también el trabajador puede autodespedirse si es el empleador quien comete las infracciones al Contrato.
El asunto es delicado, tanto para el trabajador que pierde su fuente laboral, como para el condominio, que en muchas ocasiones, sino en todas, debe desembolsar cantidades de dinero, y aún cuando no reconozca la pertinencia de la demnda, si que paga para terminar el juicio.
En otras palabras se allana a una Conciliación.
Pero en todos los casos, quienes finalmente deben pagar son los copropietarios. Y resulta que a veces esta situación se repite con frecuencia en un condominio.
El asunto es que, el Administrador debe conocer bien el derecho laboral, ya que va mucho mas allá de solamente conocer el Código del Trabajo.
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