Ayer tuve la oportunidad de asistir a una excelente charla laboral.
La primera sorpresa, la charla la impartía un Profesional conocido.
En general se expuso sobre la actuación de los funcionarios fiscalizadores de la Dirección del Trabajo. El relator era por supuesto un Fiscalizador.
La verdad, es que la charla estuvo bastante interesante, muchas de las situaciones que señaló, las he comentado en alguna oportunidad, pero tambien hubo varias que no las he comentado, pero que es bueno que los empleadores sepan de ellas, y trataré en algun momento de escribir sobre ellas.
De entrada, dejo muy claro que ningún empleador puede alegar ignorancia acerca de las obligaciones laborales que se encuentren en alguna ley, y ello, porque en Chile la ley se supone conocida por todos, desde el momento de su publicación en el Diario Oficial.
Entonces eso de que:
¡Nadíe me advirtió de esto!
¡Pense que esta obligación solo era para empresas y no para condominios!
¡No sabía que existia esta obligación!
Y muchas más de ese tipo de excusas, no sirven de nada. La obligación de cumplir con las obligaciones es del empleador y las debe conocer y cumplir.
Luego, ¿cómo van a comparar una pequeña empresa con una gran empresa?
Los Fiscalizadores dijo el relator, solamente deben cumplir ls disposiciones que emanan de las leyes, y si la ley les impone la obligación a todos los empleadores, ellos no pueden hacer una cosa diferente. Pues en esa situación serían ellos, quienes estarían infringiendo la ley.
Una persona asistente comentó acerca de una elevada multa que le fué cursada, pues quería saber el proceder de los Fiscalizadores en esas actuaciones. La explicación la dejo bastante clara y además ella reconoció que no había cumplido con la obligación materia de la infracción cursada.
Allí fué donde el Relator señaló que las obligaciones son del empleador, y "nosotros no somos ni asesores, confesores ni defensores, somos Fiscalizadores"
A través del Blog he escrito una gran cantidad de veces, acerca de algunas obligaciones laborales que tiene los empleadores, principalmente la obligación de implementar un Reglamento Interno, la Obligación de Informar los Riesgos Laborales, del Contrato de Trabajo, y de muchas otras.
Si un empleador sabe que tiene una obligación y no la cumple, de quién es la responsabilidad ¿del empleador o del fiscalizador que la detecta?
La respuesta cae por su propio peso. Sin embargo, además se debe tener presente todo el tema de la nueva justicia laboral, en donde muchos empleadores pueden llevarse más de alguna desagradable sorpresa si no cumplen las exigencias laborales.
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