Un grave incendio ocurrió en un edificio de la ciudad de Iquique, en el cual lamentablemente incluso pereció una persona.
Traigo a colación esta noticia en atención a que son muchos los edificios que no cuentan con un Plan de Emergencia, en algunos casos inclusive me han señalaldo que ellos no lo implementan pues son incombustibles.
Pero el Plan de Emergencia no solamente es para enfrentar incendios, sino que sismos y maremotos, entonces esa excusa no es comprensible y tampoco debe serlo para los habitantes de edificios, ellos son las personas que van a estar protegidas con el Plan de Emergencia.
Ahora bien, la responsabilidad de la implementación es del Comité de Administración, el cual debe tener cuidado en implementarlo pues de ocurrir un siniestro y no tenerlo, pueden ser demandados por esa situación.
Lo segundo es que también es obligatorio el contratar un seguro de incendio, y esta obligación es en primer lugar del copropietario y en su defecto del Administrador. Pero seguro debe existir, ese seguro cubre solamente el inmueble y los bienes comunes.
En el incendio de Iquique -en el piso 17- ademas se vieron afectados varios otros departamentos y la fachada del edificio, es decir, los gastos serán cuantiosos para reparar los daños.
La sugerencia es entonces, a cumplir con la normativa legal sobre la materia, antes que en su edificio ocurra una eventualidad como la que comentamos.
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