Durante el año 2.005, solamente en accidentes del tránsito, fallecerán aproxímadamente 1.700 personas.
Por cada persona fallecida, y de acuerdo al Seguro Obligatorio de Accidentes Personales, las compañias de seguros deben pagar UF 300 a los familiares de los fallecidos. Solamente a quienes los solicitan, pues existen muchas personas que -por desconocimiento- no cobran esta indemnización.
El valor de la Unidad de Fomento (UF) es de alrededor de $ 17.200=
Entonces tenemos que UF 1.700 x 300 son UF 510.000
UF 510.000 x $ 17.200 nos entrega un valor de $ 8.772.000.000 que se deben pagar en indemnizaciones por accidentes del tránsito en forma anual.
En dólares, US$ 15.124.137,93
La cantidad de heridos es superior a las 30.000 personas ( en el año 2.003, los heridos furon: 7.497 Graves, 5.772 Menos Graves y 32.066 Leves, total 45.335), y las indemnizaciones por gastos medicos, hospitalizaciones y otros es de UF 150= por persona. (Si cada persona gasta el total de la indemnización)
Entonces 30.000 x UF 150 nos entrega el valor de UF 4.500.000
Entonces UF 4.500.000 x $ 17.200 nos da un valor de $ 77.400.000.000
En dólares, US$ 133.448.275,9
En total, muertes mas heridos: US$ 148.572.413,8
Ciento cuarenta y ocho millones quinientos mil dólares.
Además se debe considerar por cierto todo el daño material, moral y secuelas posteriores que sufren los accidentados y los familiares, una cantidad incuantificable
Protejamos la vida.
domingo, 17 de abril de 2005
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