jueves, 14 de noviembre de 2013

Reglamento para piscinas de condominios

Existen algunas razones que deben ser reconocidas fácilmente para detectar la necesidad de implementar un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para piscina de uso público restringido.
Una de ellas, los días despejados y las altas temperaturas que se están presentando, y que por cierto implican un mayor riesgo en la exposición a la radiación ultravioleta de origen solar.
Otra razón es la implantación de normas para prevenir accidentes de inmersión y la contaminación del agua, para prevenir a su vez, el contagio de enfermedades.
He revisado innumerables "Reglamentos" de muchas organizaciones, entre ellos condominios, que lo único que hacen es un listado de las situaciones que se encuentran prohibidas, yendo incluso más allá que la misma norma legal, al prohibir por ejemplo todo tipo de mascotas en la piscina, considerando que las mascotas reconocidas oficialmente como guías, estan autorizadas para su ingreso.
Creo que quíenes establecieron esos reglamentos, lo deben haber hecho con la mejor de las intenciones. Sin embargo, en mi opinión, las normas que allí no se incorporaron -además de ser muchas- son muy importantes como para haber sido exluídas, pués muchas situaciones quedan sin ser normadas, por ejemplo la posibilidad que las visitas de los residentes del condominio puedan o no, utilizar la piscina, pero también situaciones que dicen relación con los riesgos de accidentes o contaminación del agua. En todos esos listados -además- no he visto ninguna referencia a la exposición de la radiación ultravioleta de origen solar.
A la fecha hemos confeccionado cientos de Reglamentos de Higiene y Seguridad para piscinas de uso público restringido, como lo son aquellas ubicadas en condominios, hoteles, centros de eventos, etc. y esa misma circunstancia nos indica que el trabajo, que día a día tratamos de mejorar,  ha sido bien evaluado por nuestros usuarios.
Mantener en funcionamiento una piscina es una buena alternativa, pero tiene situaciones que deben ser normadas para que el uso de la instalación sea solamente de disfrute y descanso, y además de bajo costo.
Más información aquí.
editor 
  

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