En los reglamentos para piscinas que confeccionamos se incorporan normas para la prevención de accidentes por inmersión y para prevenir la contaminación del agua para evitar el contagio de enfermedades, principalmente.
Sin embargo, también se incluyen algunas normas referidas a la radiación ultravioleta de origen solar, con la finalidad de entregar a los residentes de los condominios una información que les permita protegerse de los rayos del sol y de las consecuencias que podrían ocasionarle.
Una piel bronceada es una piel dañada y la radiación recibida es acumulativa. Una persona puede sufrir una quemadura luego de tomar el sol y la piel en algunos días se recupera, pero existen otras afecciones que pueden llegar en meses o en años, décadas para ser más preciso, y si no se tiene precaución al tomar el sol, lo más probable es que ocurra efectivamente, como el cáncer a la piel.
Con la finalidad de procurar una ayuda a los bañistas de las piscinas de uso público restringido, se ha decidido incorporar las normas que comentaba anteriormente, y en donde se entregan algunas recomendaciones a manera de prevención.
La exposición a los rayos solares se debe efectuar con precaución.
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