En estos momentos en que muchas empresas se encuentran presentando sus antecedentes para solicitar una rebaja de la tasa adicional diferenciada de la ley 16.744, se puede producir una situación que eventualmente se puede traducir en una situación compleja.
En efecto, entre los requisitos que se establecen deben ser entregados acompañando la solicitud respectiva, se encuentra una Declaración Jurada del Empleador, que acredite el cumplimiento de su obligación de tener implementado el Reglamento Interno que le corresponda.
Muchas empresas presentan esa Declaración Jurada, con pleno conocimiento que no lo tienen y que no lo implementarán en un futuro proximo. Piensan que es como cumplir un requisito más la presentación de esa Declaración Jurada.
Sin embargo la situación no es tán sencilla.
Piense solamente en la ocurrencia de un accidente grave en su empresa y que eventualmente deba acreditar ante los tribunales de justicia el cumplimiento de esa obligación. El organismo administrador, de acuerdo a su propia Declaración Jurada, entiende que usted tienen implementado el Reglamento Interno. Pero efectivamente en esa Declaración Jurada, se faltó a la verdad, pués no se ha implementado el Reglamento.
¿Qué sucede? Desgraciadamente, en tribunales tendrá muchas posibilidades de ser condenado a pagar las indemnizaciones que se le estén exigiendo. Además se constatará que faltó a la verdad para solicitar la rebaja de la tasa adicional, teniendo con ello, además sanciones administrativas serias del organismo administrador, que se traducen en fuertes multas.
Ahora bien ¿qué ocurre con el organismo administrador? De acuerdo a las circunstancias que se están dando en la practica, pudiera ser perseguido por su responsabilidad de no fiscalizar en forma suficiente la existencia del Reglamento Interno respectivo. De hecho, ya en algunos juicios por otro tipo de fiscalización de organismos del estado, ya se ha perseguido esa responsabilidad en atención a que el organismo obligado, no realizó una fiscalización suficiente.
Entonces, precaución, al efectuar esa Declaración Jurada, sin haber implementado su Reglamento Interno. Hoy día le puede ayudar a solicitar una rebaja, pero más adelante le puede significar una pesada carga.
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viernes, 2 de diciembre de 2005
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