lunes, 28 de agosto de 2006

Cambio de fecha en el Pago de Impuestos mensuales

Hoy día la Presidenta hizo un anuncio que con seguridad van a agradecer muchos pequeños y medianos empresarios:

Se amplia el plazo para efectuar la Declaración y Pago Simultaneo de Impuestos, desde el día 12 hasta el día 20 del mes siguiente a aquel en que se generaron los impuestos, ello solamente para quienes utilizan la plataforma de Internet del Servicio de Impuestos Internos.

La información aparece en el Poral de Terra aqui.

Entonces solamente queda esperar a que dicho anuncio se concrete lo más pronto posible. www.eladministrador.cl

sábado, 26 de agosto de 2006

¿En que AFP se escuentra afiliado un trabajador?

En numerosas ocasiones se debe conocer de trabajadores que no saben o no se recuerdan en que AFP se encuentran incorporados.
Para solucionar ese inconveniente existe una alternativa fácil de seguir´para conocer la AFP que se desea saber, como por ejemplo, cuando se hace una ficha a personal recién contratado.
Para ello se debe visitar el sitio de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones -www.safp.cl- y en la siguiente página indicar los datos del trabajador. Aqui.
Luego de ello aparecerá un certificado de ese organismo con el dato buscado.

Problemas con el Conserje

La noticia aparece el "La Estrella" de Valparaíso -aqui- y da cuenta de un trabajador que en las horas de la noche se dedicaba a la venta de drogas y que además mantenía entre sus pertenecias al interior del condominio, un arma de fuego.

Esas son exactamente, algunas de las conductas que se deben prohibir en las normas contenidas en los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad, son situaciones que eventualmente pueden dañar, además del prestigio del condominio, también su responsabilidad legal, además de acercar al mismo condominio, a personas que pudieran eventualmente cometer actos delictuales en contra de los señores copropietarios y/o sus bienes.

Con seguridad no es una conducta normal de los señores conserjes, pero lo mejor es indicarles en el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, tanto sus obligaciones como Prohibiciones de Higiene y Seguridad, como las señaladas en la noticia comentada.

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miércoles, 23 de agosto de 2006

Facturación Electronica

A contar desde ésta fecha me encuentro autorizado para emitir Facturas Electronicas, también Facturas Exentas, Notas de Debitos, Notas de Créditos y Guías de Despacho.

Esos son los documentos que autoriza el Servicio de Impuestos Internos, y como señalé en la entrada anterior son hasta 500 facturas al año.

El ahorro es evidente y también el ahorro de tiempo. Además se debe considerar las facilidades respecto a la entrega de la factura a un cliente en forma lejana, la tiene en minutos en su computador, hasta hace pocos días ese trámte ocupaba hasta cerca de tres días.

El trámite para obtener la autorización es relativamente sencillo, se solicita la autorización en la pagina www.sii.cl luego se debe comprar un Certificado Digital, -personalmente tuve que pagar unos $ 11.500 por dos años- y esperar a que la empresa certificadora le entregue dicho certificado digital.

Recomiendo entonces a las personas y empresas que cumplan con los requisitos de SII, a ocupar estas facilidades que se le entregan.

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lunes, 14 de agosto de 2006

Ahora hasta 500 facturas anuales

Buenas noticias.

El Servicio de Impuestos Internos ha decicido aumentar la cantidad de 100 facturas a 500, que se pueden emitir en forma anual, para utilizar el servicio de facturación electrónica que ese mismo servicio dispóne en su sitio www.sii.cl

Entonces todas las pequeñas empresas pueden comenzar a utilizar -cumpliendo los requisitos exigidos- ese sistema que les puede significar un ahorro en sus costos.

Es una gran ayuda para todas las personas emprendedoras que han creado una pequeña empresa, con ello, pueden aumentar su competitividad y mejorar su gestión administrativa.

La recomendación es entonces visitar el sitio del Servicio e interiorizarse en este mecanismo y de las exigencias. www.eladministrador.cl

Defensoria Laboral

El Ministro del Trabajo informa que se está estudiando la posibildad de crear una defensoria laboral.

“Es una aspiración muy sentida“, afirmó el titular del Trabajo

Ministro Osvaldo Andrade resalta creación de la defensoría laboral

Esta institución cumpliría la función de Defensora de los derechos de los trabajadores en los juicios laborales, de la misma manera en que hoy la Defensoría Penal Pública se opone a los argumentos del Ministerio Público en los juicios criminales.

El ministro del Trabajo y Previsión Social, Osvaldo Andrade, anunció la posibilidad de crear e incluir la institución de la Defensoría Laboral, en el marco de la Reforma a la Justicia Laboral que se pondrá en marcha durante el 2007.

El Secretario de Estado explicó que la Defensoría Laboral "es una aspiración muy sentida del mundo de los trabajadores. Se trata esencialmente que a partir del reconocimiento de una asimetría, generar un acompañamiento de un letrado para que en los juicios laborales el trabajador tenga la asesoría pertinente y competente para hacer valer de mejor manera sus derechos".

En esa perspectiva añadió que "la instalación de una institución que sería la del defensor laboral, que podemos asimilarlo a la del defensor público, nos ha parecido una perspectiva interesante de desarrollar y estamos trabajando en aquello".

Esta institución cumpliría la función de Defensora de los derechos de los trabajadores en los juicios laborales, de la misma manera en que hoy la Defensoría Penal Pública se opone a los argumentos del Ministerio Público en los juicios criminales.

En ese sentido, el Secretario de Estado subrayó que el Gobierno apoyará con fuerza la puesta en marcha y funcionamiento del nuevo sistema de justicia laboral. "Los nuevos tribunales laborales son un pilar institucional clave para la consolidación de un sistema de relaciones laborales moderno y equitativo. En este sentido, la Presidenta me ha autorizado para anunciar el interés del Gobierno en la creación de la Defensoría Laboral, que acompañe desde su capacidad de actores letrados a los trabajadores en sus procedimientos judiciales", dijo el Ministro.

Respecto a la implementación efectiva de los defensores laborales, el Secretario de Estado acotó que "pudiera no ser necesario un proyecto de ley, estamos evaluando la pertinencia de aquello. De no ser necesario tanto mejor, porque podríamos hacerlo en forma más rápida. Sin perjuicio de aquello, si fuese menester un proyecto, ya lo he conversado con varios parlamentarios y hay una muy buena disposición para esto".

Finalmente, el Ministro enfatizó el objetivo de esta instancia. "Cuando se llega a un Tribunal del Trabajo, el trabajador llega solo y el empleador llega acompañado de una importante red de asesoría legal -que es muy legítimo por supuesto porque todo el mundo tiene ese derecho-, pero de lo que se trata es que el Estado desde su rol de tutela pueda proveer una asesoría competente para ellos".

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Fuente: El Mostrador

domingo, 13 de agosto de 2006

Fumar es un placer, genial sensual, ....

Ya no.

Se acabaron las facilidades para los fumadores.

A contar de hoy Lunes, se prohibe que las personas fumen en lugares públicos y la venta de cigarrillos a menos de 100 metros de cualquier entrada de un colegio.

Subsecretaria de Salud Pública destaca vigencia de Ley del Tabaco

La Subsecretaria de Salud Pública, Lidia Amarales, indicó que "el espíritu de la ley es proteger principalmente a la población infantil, juvenil, adultos mayores, y a los que no fuman". Señaló que en normativas como esta "el control social es lo más importante para que la ley sea viable".

Este 14 de agosto entra en vigencia la nueva Ley de Tabaco, con lo que se inicia una etapa distinta en materia de control de venta y publicidad del cigarrillo y con la que Chile avanza concretamente en la prevención en el consumo de esta adicción.

El objetivo principal de la iniciativa es que a partir de este momento se diminuyan los índices de tabaquismo en la población, gracias a una mayor toma de conciencia sobre sus dañinos efectos, un mayor empoderamiento de los ciudadanos en el ejercicio de su derecho a vivir y trabajar en ambientes libres de humo, y un mayor compromiso de los organismos públicos y empresas privadas en la implementación de entornos más saludables, sin contaminación.

Al respecto, la subsecretaria de Salud Pública, Lidia Amarales, indicó que "el espíritu de la ley es proteger principalmente a la población infantil, juvenil, adultos mayores, y a los que no fuman" y señaló que en normativas como ésta "el control social es lo más importante para que la ley sea viable", afirmando que "nosotros no pretendemos convertirnos en un país policial persiguiendo a las personas que fuman".

Agregó que "nuestra sensación es que esta ley ha creado mayor conciencia sobre los daños y la adicción que el tabaco produce" y puntualizó que "estamos muy optimistas que este tipo de leyes produce un gran impacto y disminuye en forma significativa, como ha pasado en otros países, la cantidad de fumadores".

La Subsecretaria explicó que serán empleados del Ministerio de Salud las autoridades que estarán a cargo de la fiscalización, aunque mientras no se apruebe el proyecto de ley que suprime las funciones administrativas de Carabineros de Chile, sus funcionarios también participarán en estas tareas. Esta ley sustrae a los policías de la obligación de fiscalizar el cumplimiento de la ley sobre publicidad y consumo del tabaco, rol que recaerá sólo en la Autoridad Sanitaria.

Recordó además que cada lugar comercial va a contar con un Libro de Tabaco que va a ser un libro foliado en el que se podrán realizar las constataciones cuando una persona esté fumando y no acate el nuevo reglamento.

Igualmente, destacó que a partir de este 14 de agosto entra a regir que los restaurantes o bares menores de 100 metros van a tener que definirse si es que son para fumadores o no, puntualizando que si definen que ese lugar es para fumadores, en ese lugar no podrán entrar menores de 18 años.

Los locales mayores de 100 metros tendrán un año más para realizar la separación de entre el sector para fumadores y no fumadores. El lugar para fumadores deberá estar cerrado herméticamente.

Las multas por infringir la nueva ley serán entre media UTM y mil UTM y un lugar que por tercera vez cometa una infracción corre el riesgo de ser cerrado definitivamente.

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Fuente: El Mostrador

miércoles, 9 de agosto de 2006

¿Estancarse o crecer?

Cuando un empresario desea crecer con su empresa debe prestar atención a los siguientes aspectos:

1. Aumentar las ventas. Obvio, la empresa se creó para vender bienes o servicios, y mientras más ventas se generan, mas ingresos existen y aumenta la posibilidad de obtener una utilidad al final del año comercial. La empresa no es una entidad de beneficiencia, realiza una actividad comercial a traves de la cual se pretende obtener una utilidad por su actividad.

2. Reducir los gastos. Por supuesto, si una empresa aumenta sus ventas, aumentan también sus costos, pero hay que tener cuidado que ellos no aumenten en una proporción mayor a las ventas. Aun cuando no aumenten las ventas hay que tener cuidado con los gastos. Tal vez exista una partida que pueda ser estudiada y modificada.

3. Precaver eventuales multas administrativas. A una empresa varios organismos del estado le pueden cursar una multa administrativa, solo por nombrar algunos: Inspección del Trabajo, Autoridad Sanitaria, Municipalidad, Carabineros, etc. Algunas de ellas pueden significar elevadas sumas de dinero. Entonces a cuidarse.

4. Prevenir accidentes del trabajo. Los accidentes del trabajo no le salen gratis a la empresa, en algun momento deben pagar, y lo hacen con una eventual alza de su cotización adicional de la ley de accidentes del trabajo, y alza que dura a lo menos, 2 años. Si su empresa tienen un valor imponible elevado por los sueldos que paga a sus trabajadores, un alza le puede significar una gran cantidad de dinero todos los meses y en dos años una suma muy importante.

5. Cuidar la responsabilidad legal de la empresa, de su propietario y de sus ejecutivos. En un accidente grave, esa responsabilidad va a estar en juego, no le quepa la menor duda, y puede llegar a pasar momentos que ni se imagina, solamente por haber descuidado un "asunto menor" como por ejemplo su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad.

6. En algunos casos también debe analizar si aumentar los gastos puede reducir su carga tributaria, gastos bien efectuados por supuesto. Ello también le puede ayudar, como por ejemplo el sueldo empresarial que muchos propietarios de empresas no incorporan a sus costos.

Esas son algunas situaciones sobre las que se deben poner atención para gestionar en mejor forma su empresa. Debe ocupar un tiempo en pensar en una buena administración de su empresa, no solamente en las operaciones se encuentra radicado el éxito de la empresa. Una buena administración la ayudará a hacer creccer a su empresa.

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sábado, 5 de agosto de 2006

Anteponer un 2

A contar del día de hoy, para llamar a los números telefonicos para las Provincias de Valparaíso e Isla de Pacua, y las Provincias de Concepción y Arauco, se debe anteponer un numero 2. Entonces para hacer llamados a esas Provincias que tienen códigos de áreas 32 y 41, recuerde anteponer el número 2, a contar del 5 de Agosto en curso. www.eladministrador.cl

viernes, 4 de agosto de 2006

Edificios y Condominios

Reglamento Interno de Higiene y Seguridad

Muchos administradores estiman que los Edificios y Condominios no se encuentran obligados a implementar un reglamento Interno de Higiene y Seguridad. Gran error.

Se afirman para argumentar lo anterior en que el Código del Trabajo en su artículo 153, solamente señala a los empleadores que tienen 10 o más trabajadores y que deben implementar un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad.

Si bien ello es cierto, no es menos cierto, que la ley 16.744 sobre Accidentes del Trabajo, señala en su artículo 67, que todos los empleadores deben implementar y mantener al día un Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, todos, y por cierto ello incluye a los empleadores que tienen 9 o menos trabajadores. Solamente están eximidos de capítulo de Orden.

Ahora bien, con la implementación de ese Reglamento Interno, los edificios y condominios reducen en forma dramática la posibilidad de verse envuelto en forma desprotegida, en una demanda judicial en caso de accidente del trabajo, pues han cumplido sus obligaciones legales.

Sin lugar a dudas, a aquel empleador que no ha cumplido esa obligación y que por desgracia se vea envuelto en una demanda judicial, se le podrá sin ningún problema señalar como que ha cometido una “imprudencia temeraria”. Esa situación, lo deja prácticamente en una indefensión casi absoluta legalmente.

Varios Edificios y Condominios han comprendido la real importancia de ésta obligación y nos han confiado recientemente, la confección de su Reglamento Interno, hágalo usted también. Le aseguro que se sentirá mas protegido con esa obligación cumplida.

  1. Cumplirá con las normas legales.
  2. Podrá evitarse una multa que oscila entre los $ 31.000 y hasta $ 630.000
  3. Tendrá una excelente herramienta de gestión de su organización.
  4. Protegerá la responsabilidad legal de su comunidad.
  5. Implementará normas para prevenir y evitar accidentes del trabajo.
  6. Podrá en el momento oportuno solicitar rebaja de la cotización adicional.
  7. Fortalecerá legalmente a su organización.
  8. Cumplirá con la exigencia de la obligación de informar los riesgos laborales.
  9. Se evitará desagradables momentos si lo llegan a fiscalizar y no tiene su Reglamento Interno.
  10. Pondrá término a su situación de imprudencia temeraria.

No prolongue mas entonces esa situación y trabaje efectivamente por los intereses de su comunidad, ¡¡¡ protéjala legalmente !!!

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lunes, 31 de julio de 2006

Una gran pena. No va el Puente sobre el canal Chacao

Una lastima que el Gobierno haya decidido no seguir adelante con el proyecto de construír un puente que una el continente con la Isla de Chiloe.

Con seguridad una gran desilución para los habitantes de esa Isla y los de Puerto Montt.

La gran diferencia es la inversión: se habían presupuestado 605 millones de dólares y finalmente se determinó que el proyecto en realidad costaba 935 millones de dólares, diferencia US$ 330 que el Gobierno no está dispuesto a invertir.

Ahora bién, he tenido una experiencia en trabajos que se le han efectuado al Ministerio de OO. PP. y generalmente los proyectos se presentan originalmente por un valor muy inferior al que verdaderamente resulta en definitiva. Aqui, se está mostrando el verdadero valor de la obra.

Asi una obra que es adjudicada en 200 millones de pesos, generalmente deben hacerle ampliación de plazo y monto, resultando ellos muy superiores.

Ahora bien, sería muy importante que el Ministerio de OO. PP. mostrará la transparencia de las obras ejecutadas e indicara el valor de adjudicación y en el que finalmente se terminaron las obras.

Creo que las debilidades de las obras que han tenido problemas a poco de ser comenzadas a ser utilizadas, tiene que ver porque se está priorizando el valor a la calidad. Ello finalmente resultará mas caro al país y ejemplos hay muchos, solamente basta recordar las conocidas casas que fueron tapadas con plástico cuando llovía.

Y este era un proyecto estrella del Plan del Bicentenario. Ilusionaron a los habitantes de esas ciudades y ahora se les dice que el proyecto no va.

Se debe considerar que además con la construcción de ésta se estaria acercando el continente a las personas que viven, muchas veces aisladas, en la Isla, mas bien estaría terminando con la sensación de aislamiento.

Creo que ha sido una mala desición del Gobierno.

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sábado, 29 de julio de 2006

Transparencia de la Administración

Generalmente nos llegan consultas sobre el destino de los valores percibidos en la Administración de las comunidades y que corresponden a los gastos comunes.

A decir verdad, nos han llegado consultas que son muy problematicas, y que dicen relación con la transparencia que deben tener los destinos de los fondos que se recaudan por gastos comunes. En algunos casos hemos sabido que por más de 9 años no se rinde cuenta de esos valores. Situación muy dificil para los comuneros de ese condominio, además de otros problemas de convivencia serios.

Lo principal que se debe hacer es exigir a la Administración que desarrolle una politica de transparencia respecto de los fondos percibidos, no es nada extraordinario lo que se pide, además que los fondos son de los copropietarios, no son del Comité de Administración y menos del Administrador. Lo que si es verdad, es que ellos los deben manejar en forma adecuada a las necesidades de la Comunidad.

Pero ello no quita que debe ser transparente su labor.

Los cargos de Administrador y de miembros del Comité de Administración son cargos temporales, y en cualquier momento pueden cambiarse a las personas que los desempeñan, con apego a las normas que regulan esos cambios por cierto. ¿Para que entonces terminar el desempeño dejando un mal recuerdo, o peor aún un conflicto judicial, como en muchos casos terminan las personas que desempeñan esos cargos?.

Los fondos se deben manejar bien, al menos se debe hacer el intento cuando ellos son escasos, se debe mantener la documentación legal que respalde los gastos: facturas, liquidaciones de sueldos, pagos de impuestos e imposiciones, boletas de honorarios, boletas de compraventa, etc. y no simple formularios de Egresos.

Ello es sencillo, casí de sentido comun solamente, si se compra un bien o servicio debe existir un documento legal legal que ampare su pago. En muchas ocasiones se argumenta que una persona no tiene Boletas de Honorarios, no importa, la comunidad le puede hacer una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros, no cuesta mucho imprimir un talonario, tambien el Servicio de Impuestos Internos, permite la emisión de esos Boletas en forma Electronica, más facilidades no se pueden esperar. Entonces no hay excusas para argumentar que algunas personas no tienen documentación tributaria legal.

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jueves, 27 de julio de 2006

Un viaje de mil leguas........comienza con el primer paso

En el sistema Multiprograma, existe la posibilidad de obtener un ingreso de $ 27.250.000 en moneda chilena.

Ese dinero significa el ingreso de mas de 9 años en un trabajo tradicional, con un ingreso imponible de $ 250.000 mensuales, vale decir, no es para nada despreciable lo que se puede lograr si se trabaja bien en Multiprograma. Tenemos que tener en cuenta que hoy en Chile el Ingreso Minimo es de $ 135.000

El dinero no se va a recibir en forma gratuita sin hacer nada, se debe promocionar y lograr que otras personas se puedan interesar en lograr ese objetivo.

Tambien y no es menor, se encuentra el conocimiento que uno va a adquirir en el trabajo de Internet. El trabajo del futuro cercano de millones de trabajadores.

Ahora bien, la idea es por supuesto tratar de lograr ese ingreso en un tiempo notoriamente menor, lo que por supuesto con un trabajo permanente es posible lograr. Se debe tener en cuenta que no es posible pensar que una vez efectuada la pequeña inversión que solicita el sistema, esperemos tener los ingresos esperados en un tiempo escaso.

Se debe trabajar, unos momentos en la mañana y si es posible otro en la tarde.

Como recordé un dicho muy antiguo en el título de ésta entrada, un viaje de mil leguas....... comienza con un primer paso, y ¿cuál es ese primer paso? por supuesto realizar la pequeña inversión, allí comienza verdaderamente el trabajo de cada uno.

Antes, solamente es inscribirse para ver de que se trata el sistema y ver que provecho puedo sacar de él, lo verdaderamente importante para cada persona es comenzar a trabajar.

No es posible esperar resultados si uno solamente esta viendo como ocurren las cosas, hay que involucrarse, sobre todo si en ello puede estar un cambio favorable en nuestros ingresos futuros.

El sistema es bueno y la ayuda que recibiran tambien lo es. Hay todo un equipo que ayuda a objeto de que cada persona inscrita pueda lograr sus metas.

Más información aqui

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lunes, 24 de julio de 2006

Emprendedores

Junto a mis hijos hemos estado participando en un curso de capacitación en materias relacionadas con el emprendimiento.

Alli varios participantes hemos presentado nuestras ideas de trabajo y algunas resultan especialmente extraordinarias, algunas de ellas ya se encuentran ejecutandose con excelentes resultados.

Sin embargo he notado una debilidad en el desarrollo de los trabajos de esas personas, y ellas mismas nos lo han hecho saber, en primer lugar no tienen un sitio Web para promocionar sus productos y servicios y ya algunos nos han encargado hacerles una presentación de como quedarian sus sitios.

La otra parte que les falta fortalecer dice relación con todo el aspecto administrativo, no conocen las normas tributarias y laborales principalmente. Sus ideas son realmente buenas pero les falta fortalecer por decirlo asi, su función de administración.

He notado también que muchas de las personas que participan en la capacitación desean desarrollarse en forma independiente, incluso en una conversación se criticó con fuerza el sistema educacional chileno, que al parecer de la gran mayoría de quienes estabamos allí, se preocupa mucho de construir trabajadores dependientes y no se esfuerzan en desarrollar la mentalidad emprendedora de los alumnos, desarrollar trabajadores independientes, en definitiva, empresarios.

Ahora bien, hay que desarrollar bien las ideas para que resulten, tener los objetivos claros y tambien el camino por donde se desea transitar para alcanzar esos objetivos. Se debe considerar que ello genera más trabajo, pero se trabaja para uno mismo. Como dicen por allí, nadie se hizo rico trabajando para terceras personas.

Espero más adelante comentar los resultados de la capacitación. No puedo comentar las ideas -pués no son por decirlo así, de mi propiedad,- pues algunas son bien originales e incluso una debió ser patentada. Respeto la iniciativa de otras personas.

En fin, espero entonces que quienes leen mis comentarios desarrollen con fuerzas sus ideas que han tenido guardadas por allí. Quién sabe si ellas no pueden resultarles una buena idea de negocios.

A trabajar entonces esas ideas.

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martes, 18 de julio de 2006

Indemnizaciones por accidente

Hace un tiempo escribí una entrada refiriendome al accidente del bus Tur-Bus en el cual fallecieron cerca de 30 personas.

Ayer se han presentado las demandas contra la empresa por su eventual responsabilidad en el accidente. Las sumas por las cuales se han presentado esas demandas sumas varios miles de millones de pesos.

Sin embargo ese dinero, -si ganan la demanda- no va a reparar el mal causado. Las personas fallecieron y sus deudos con toda seguridad aún los lloran y seguirán sintiendo su dolor por mucho tiempo.

Termine pronto o no la acción judicial, debe tenerse en cuenta también que es importante que los señores conductores cuenten en forma efectiva con sus horas de descanso. Ellos son trabajadores, son padres de familia, hijos, hermanos. También tiene sus derechos y deben hacerlos respetar.

Con la tecnología que existe hoy, debe ser fácil que cuando un chofer inicia su recorrido, se pueda informar de ello a un sitio de la Dirección del Trabajo, para que desde allí se lleve el control de las horas trabajadas por cada conductor.

La información que se maneja en el sitio de Impuestos Internos es muchas más compleja y en mayor cantidad, así que creo que con un poco de desición se puede poner término a los abusos en las horas trabajadas.

También los pasajeros deben ayudar un poco y cuando vean que un conductor se encuentra cansado o corre a una velocidad mayor, debieran denunciarlo en los controles de Carabineros.

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lunes, 17 de julio de 2006

¿Qué paso?

Ahora que han pasado algunos días desde los fuertes temporales que azotaron la zona Sur de Chile, dejando miles de personas damnificadas, es posible hacer un comentario mas tranquilo.

En primer lugar nadie puede desconocer que las lluvias fueron intensas. Eso es lo primero.

Luego, se debe pensar en las pérdidas materiales que sufrieron miles de personas, algunas el patrimonio de toda su vida, sus casas, sus bienes, animales, plantaciones, etc. Una enorme pérdida.

Finalmente la pérdida de vidas humanas.

Respecto a las pérdidas materiales, seguramente el Estado ayudará con una parte, pequeña, pero algo es algo. Sin embargo la mayor de esas pérdidas no será repuesta, quien va a devolver los bienes muebles de una casa radios, televisores, cocinas, refrigeradores, etc. ¿quién?

Tampoco creo que se devuelvan los animales que generan los recursos para que muchas familias puedan vivir. Es una pérdida enorme para ellos.

Las pérdidas humanas, unas verdaderas tragedias. Pienso principalmente en esas niñas mellizas de Los Angeles, los Bomberos y Carabineros.

Pero, que fué lo que pasó, como es posible que con la lluvia se juntara tanta agua que inundó varias ciudades y muchos campos. Por cierto no creo que fuera agua proveniente solamente de la lluvia directa -por decirlo de alguna manera- sino que mas bien tengo la sensación que se pudieron abrir compuertas de represas que inundaron amplias sectores de campos y ciudades.

Espero que ello no sea así.

De lo contrario debiera estar en curso ya, una investigación acerca de las razones que se tuvieron en cuenta para hacerlo, y de los avisos que se entregaron tanto a la población como al gobierno regional y/o central.

Con todo, la investigación debiera estar en marcha para determinar si se abrieron o no, las compuertas y no esperar a que alguien presente una demanda para comenzar a investigar. Creo que en esta materia el Gobierno debiera actuar de oficio.

Pero mientras tanto se resuelve, lo prioritario es llegar a las familias afectadas con la ayuda requerida ahora. Y que no vaya a pasar lo que ocurrió en el terremoto del Norte Grande, que aún muchas familias están esperando la ayuda.

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viernes, 14 de julio de 2006

Disposiciones del Reglamento Interno

En varias oportunidades he debido conocer de organizaciones -empresas y condominios- en que al preguntarles si han implementado su Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, me han indicado que ellos no están obligados a confeccionarlo, o que pueden copiarlo de alguno que puedan bajar de Internet.

Craso error. Copiarlo es un error que les puede resultar demasiado caro. Las disposciones del Reglamento Interno por así decirlo, pasan a ser ley para la empresa, es decir, no se puede indicar una norma y no cumplirla. En otras palabras, las disposiciones del Reglamento Interno deben ser cumplidas por el empleador, y por supuesto por el trabajador. No se debe incluír una norma solamente por incluirla.

Ahora bien, los Reglamento Internos deben ser confeccionados de acuerdo a las necesidades y actividades de cada organización. De acuerdo a los riesgos de cada actividad. Y un Reglamento por asi decirlo, generalizado, puede ser de poca utilidad.

Ahora bien, cuando me indican que no lo tienen, no comprendo la tranquilidad de esos empleadores, pues o bien no saben de sus responsabilidades o desconocen totalmente de lo que están hablando, pues derechamente están incurriendo en una imprudencia temeraria, y en cualquier momento pueden ver involucrada su responsabilidad legal.

Cualquier persona, que desee profundizar en esta materia, verá que son muchos más de los que uno puede imaginar, los empleadores que deben utilizar cualquier clase de argumentos para poder desligarse de su responsabilidad en caso de un accidente laboral.

Lo mejor es entender esta responsabilidad del empleador y proteger la responsabilidad administrativa, civil y penal de cada persona.

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miércoles, 12 de julio de 2006

Los Carabineros

Un drámatico momento vimos a traves de las pantallas de la TV. Dos Carabineros quedaron atrapados en medio de un rio.

Dramáticos momentos, ver como no se podían rescatar, como vivieron los últimos momentos antes que fueran arrastrados por el agua. No pudieron ser rescatados por quienes estaban allí, la fuerza del agua pudo más y los llevó lejos de allí.

Sin importar las criticas que uno pudiera hacerles en algunas actuaciones especificas, lo cierto es que la institución de Carabineros prestigia a todos sus miembros y al país. Personalmente tengo un gran respeto por el trabajo que desarrollan, y por la enorme entrega que deben hacer, incluso arriesgando su propio vida, como lo fué en este caso.

Afortunadamente uno de ellos fue encontrado con vida, una situación que muy dificilmente alguien esperaba. Ni la persona más optimista pudiera haber esperado este descenlace. También son impresionante las conversaciones que sostuvieron entre ello y con quienes los estaban ayudando a través de las radios.

Infortunadamente el otro Carabinero no ha sido hallado. Espero que lo encuentren.

Con todo, ambos Carabineros merecen el respeto de todos, ellos estaban cumpliendo su deber, el deber de proteger a las personas. Y por ello, espero que una vez recuperado la salud del funcionario que logró ser rescatado, le sea reconocida su valentía y su desinterés, la entrega hacia su institución y al país. Ese reconocimiento, por cierto debiera ser a través del otorgamiento de un mayor rango. Por cierto el segundo Carabinero, lo encuentren vivo o fallecido, debiera tener el mismo trato.

Mas aún cuando una vez entrevistado, señaló que antes de ser arrastrado por las aguas, pensó en su familia y en Dios. También és un agradecido de Dios por haberle entregado esta nueva oportunidad de volver junto a sus seres queridos.

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Dos artículos de cuidado

El artículo 184 del Código del Trabajo, es aquel que impone al empleador el Deber de Protección de la vida y la salud de sus trabajadores. Super importante es conocer esta disposición y ningun Administrador de Edificio debiera ignorarla, tampoco los empresarios de pequeñas empresas, tampoco los Jefes de Personal.

Allí radica una obligación para los empleadores que en todas las contiendas judiciales sobre accidentes del trabajo, sale a relucir, y si ella no se ha cumplido, la empresa deberá soportar las consecuencias.

El otro es el artículo 69 de la ley 16.744 sobre accidentes del trabajo, que también dirige su mirada hacia el empleador, y disponiendo claramente el camino que se debe seguir si el accidente se debe a culpa o dolo del empleador. Alli no hay donde perderse, la legislación es clara, y si el accidente fuera por culpa o dolo del empleador, éste deberá soportar no solamente los costos de las prestaciones que hubiera otorgado el organismo administrador, sino que también las eventuales -mas bien seguras- demandas judiciales, persiguiendo indemnizaciones por el daño causado, incluso, como dice la ley, el daño moral.

Entonces, como lo señalé al comenzar esta entrada, ninguna persona que se encuentre dirigiendo personal, debiera desconocer estas normas. Tampoco los dueños de empresas que descargan en cierta medida su responsabilidad en sus subalternos.

Como se sabe en el ámbito tributario, no es el Contador el responsable de las declaraciones de impuestos, el responsable es el contribuyente, y si él no se ha preocupado de su situación, ¿quién más lo puede hacer?

Lo mismo es en estos aspectos que estamos comentando, no es el Jefe de Personal, el Jefe Directo del trabajador quién va a sufrir las consecuencias de una demanda, es el empleador, quién tiene la propiedad de la empresa. El es único responsable. El es quien deberá acudir a los tribunales a defender o intentar defender su posición, nadie más.

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martes, 11 de julio de 2006

Una norma de termino de contrato

Mientras confeccionaba un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, estuve conversando con una persona a la que le habían señalado en la autoridad sanitaria, que las sanciones que eran impuestas por hechos que tienen relación con las normas de Higiene y Seguridad, no pueden provocar el despido del trabajador.

Sobre la materia tuve que indicar que ello no es así, que si los hechos en que se funda el despido tienen una causal en el Código del Trabajo, perfectamente, pueden originar el despido del trabajador.

Ello es así, pues el artículo 160, letra e) señala como causal de despido sin derecho a indemnizaciones: "Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten la seguridad o el funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o la salud de éstos."

Entonces queda claro que las infracciones a las normas del Reglamento Interno, también pueden ser causal de termino de contrato. Voy a poner un ejemplo: en algunas construcciones ha ocurrido en varias oportunidades que trabajadores para reclamar sobre situaciones que a ellos les interesan se han subido a lo alto de las grúas de esas construcciones amenazando con lanzarse al vacio si no le son satisfechas sus peticiones.

Creo que nadie puede pensar que ello, no es una imprudencia temeraria, pues se encuentra arriesgando su vida y tal vez hasta la de algún otro trabajador. En esa situación recomendaria el despido de inmediato, pues de lo contrario el propio empleador puede arriesgar su propia responsabilidad legal, pues el trabajador puede volver a intentarlo y tal vez cumpla su desición y, conociendo de un acto anterior, al empleador se le acusará -y tal vez por la propia familia del afectado- que no hizo nada por prevenir el hecho.

Entonces cuando una persona les diga que las infracciones a las normas del Reglamento Interno, no dan origen a un despido, sepan que ello no es así.

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