Generalmente nos llegan consultas sobre el destino de los valores percibidos en la Administración de las comunidades y que corresponden a los gastos comunes.
A decir verdad, nos han llegado consultas que son muy problematicas, y que dicen relación con la transparencia que deben tener los destinos de los fondos que se recaudan por gastos comunes. En algunos casos hemos sabido que por más de 9 años no se rinde cuenta de esos valores. Situación muy dificil para los comuneros de ese condominio, además de otros problemas de convivencia serios.
Lo principal que se debe hacer es exigir a la Administración que desarrolle una politica de transparencia respecto de los fondos percibidos, no es nada extraordinario lo que se pide, además que los fondos son de los copropietarios, no son del Comité de Administración y menos del Administrador. Lo que si es verdad, es que ellos los deben manejar en forma adecuada a las necesidades de la Comunidad.
Pero ello no quita que debe ser transparente su labor.
Los cargos de Administrador y de miembros del Comité de Administración son cargos temporales, y en cualquier momento pueden cambiarse a las personas que los desempeñan, con apego a las normas que regulan esos cambios por cierto. ¿Para que entonces terminar el desempeño dejando un mal recuerdo, o peor aún un conflicto judicial, como en muchos casos terminan las personas que desempeñan esos cargos?.
Los fondos se deben manejar bien, al menos se debe hacer el intento cuando ellos son escasos, se debe mantener la documentación legal que respalde los gastos: facturas, liquidaciones de sueldos, pagos de impuestos e imposiciones, boletas de honorarios, boletas de compraventa, etc. y no simple formularios de Egresos.
Ello es sencillo, casí de sentido comun solamente, si se compra un bien o servicio debe existir un documento legal legal que ampare su pago. En muchas ocasiones se argumenta que una persona no tiene Boletas de Honorarios, no importa, la comunidad le puede hacer una Boleta de Prestación de Servicios de Terceros, no cuesta mucho imprimir un talonario, tambien el Servicio de Impuestos Internos, permite la emisión de esos Boletas en forma Electronica, más facilidades no se pueden esperar. Entonces no hay excusas para argumentar que algunas personas no tienen documentación tributaria legal.
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