Escuche en la TV durante la semana un comentario respecto que debiera capacitarse a los Conserjes para actuar en caso que ocurriere un maremoto en la zona en que estuviere construído el edificio en que trabajan.
Hace bastante tiempo he escrito una Entrada respecto a ese tema, pues lo que se ha capacitado, dice relación justamente con lo opouesto, ya que en caso de una emergencia como la indicada, se deben cerrar las puertas del edificio e impedir el ingreso de pesonas ajenas a él.
Lo que en realidad debiera enseñarse es que en caso de un sismo fuerte que pueda originar un maremoto, los habitantes del edificio deben subir a los pisos superiores, preferentemente del cuarto hacia arriba, y permitir el ingreso de aquellas personas que no hayan alcanzado a refugiarse en otro lugar.
Se vió enn las imagenes del maremoto de Japón, que ciertamente fue muy devastador, que muchas personas se encontraban en la calle luego del sismo, y que si hubieran ingresado a un edificio muchas se hubieran salvado. Creo que esas personas nunca se imaginaron la devastación que vendría, ya que se veían muchos vehículos trasitando en forma parcticamente normal.
Volviendo a nuestro tema, se debe desde ya comenzar a capacitar a los Conserjes a trabajar el tema de una situación de emergencia que involucre un confinamiento como sería en el caso de un maremoto, e incluso impedir una evacuación si antes se hubiera producido un sismo de una magnitud elevada.
Esta situación no se refleja en edificios construídos al interior del país, salvo, que cerca de su ubicación exista alguna represa, un rio o un lago, que por alguna razón pudiera generar una emergencia importante.
Desafortunadamente en Chile, la capacitación de los Conserjes -y de los condominios en general- no cuenta con la ayuda -a modo de subsidio- de parte del Estado, como si lo tiene el resto de los trabajadores del país. Es un tema que se encuentra pendiente.
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