Un trágico accdiente costo la vida de dos trabajadores hoy en la manña en Santiago. Ver noticia aqui.
Las dos personas se dirigian en esos momentos a sus respectivos trabajos, en consecuencia la ley 16.744, les entrega a sus familiares los beneficios economicos que corresponden.
Los trágicos hechos al parecer se produjeron por una maniobra imprudente del conductor del vehículo involucrado, quien intentó un adelantamiento a exceso de velocidad. esas circunstancias se están investigando por la Fiscalia.
En el caso de la joven atropellada, habría que analizar si corresponde a un accidente de trayecto pues al parecer vendría viajando desde Chillan en donde había ido a visitar a su pequena hija. Con todo, si no es un accidente de trayecto en todo caso debiera ser accidente "con ocasión del trabajo", pero en mi opinión no podría ser un accidente que no se encuentre cubierto por la ley de accidentes del trabajo.
Tambien los deudos tienen derecho a recibir los beneficios que otorga el seguro obligatorio de accidentes personales.
Pero ¿quién reemplaza esas vidas? las esperanzas de las dos personas, quién cubre el dolor de sus familiares. Terrible situación.
Las leyes debieran ser mas estrictas con los causantes de éste tipo de accidentes, mucho mas estrictas, pues son vidas humanas queridas por sus familiares, las que se pierden.
Si la autoridad competente no actúa con severidad, lamentablemente muchas personas seguiran aumentando las frias estadisticas de accidentados del tránsito, que en promedio indican que en Chile mueren cerca de 1.700 personas cada año, lo que por cierto no es poco.
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