viernes, 22 de diciembre de 2006

Incendio en el Piso 13

Un incendio se produjo ésta mañana en un departamento ubicado en el Piso 13, de un edificio de Santiago.

Afortunadamente no hubieron victimas que lamentar.

Vea la noticia aqui.

Para estas situaciones se diseña un Plan de Emergencia, aquel que deben implementar todos los condominios regidos por la ley 19.537, sobre Copropiedad Inmobiliaria.

No solamente para estos casos, tambien por ejemplo, para sismos.

El Plan de Emergencia es una obligación que debe ser cumplida por el Comité de Administración dentro de los 3 meses siguinetes contados desde el momento en que asumieron sus cargos.

Si en su Edificio o Condominio no han ocurrido estas situaciones, considerelas como señales, que le estan anunciando que algo debe hacer sobre la materia. Señales importantes.

¿Cuando se presenta un problema economico? Cuando los recursos son escasos y las necesidades multiples y jerarquizables.

El Plan de Emergencia es una necesidad, que debe ser satisfecha por el Comité de Administración de una comunidad. Comunidad que en la mayoría de los casos tienen alguna dificultad economica o al menos sus egresos están limitados.

Hagan un esfuerzo e implementen su Plan de Emergencia. La seguridad de toda la comunidad se puede mejorar con dicho documento.

www.eladministrador.cl

No hay comentarios.: