En muchos condominios existen
problemas en la administración, entendiendo por ello tanto al desempeño del
comité de administración como al del administrador.
Esos problemas más temprano
que tarde terminan pasando la cuenta a la convivencia entre los copropietarios
del condominio y terminan también causando un daño patrimonial, pues se llega a
temas de problemas de los gastos comunes y de los dineros del condominio.
A todos esos conflictos y otros,
se llega por la inexistencia de controles, pero antes que ello, por la
determinación de algunas personas que desean evitar la implementación de esos
controles. Evitan a todo evento que los copropietarios ejerzan alguna acción de
fiscalización.
Incluso en algunos casos
existe tal problema que el administrador primero le señala a una integrante del
comité de administración que le ha solicitado de manera verbal unos
antecedentes bancarios, que se lo debe solicitar por escrito, y luego de
solicitado por escrito, tampoco le da respuesta.
Y a otras copropietarias
cuando le piden documentación se las muestran solamente desde lejos, sin que la
peticionaria tenga la posibilidad revisar el documento.
En estos casos, la actuación
del administrador se encuentra respaldada por algunos copropietarios que tienen
cierto grado de influencia sobre el administrador.
Sin embargo, prácticamente
todas las situaciones son de responsabilidad de los copropietarios por cuanto
declinan asumir sus responsabilidades en el condominio y dejan que cualquier
situación incorrecta siga un curso que luego es difícil de terminar.
La solución a muchos problemas
que deben enfrentar los condominios, se encuentra básicamente en la entrega que
se hace en el desempeño del Administrador, sin exigencia técnicas de ninguna
especie, salvo algunas situaciones más o menos obvias, como el pago de las
cotizaciones previsionales a través de internet.
A mi modo de ver, y lo señalo
pues lo realizo, es solicitar al momento de contratar a un administrador, que
presente un Plan de Trabajo dentro de su primer mes en el condominio, para ser
desarrollado en los próximos 12 meses y luego de terminado ese periodo, uno por
los próximos 12 meses.
Más sencillo aun, se debe
solicitar del administrador, un Plan de Trabajo Anual.
Si el condominio no cuenta con
un Plan de Trabajo Anual, ¿cuál o cuáles son los estándares de control que
podrá establecer.?
El Control y la Planificación
son funciones inseparables, y faltando un Plan de Trabajo es muy difícil
establecer un estándar de control, ni siquiera alguna metodología de control.
Los planes proporcionan, por
tanto, los estándares de control. El condominio va a poder establecer el nivel
de cumplimiento de las actividades que se han incorporado en el Plan de
Trabajo. De hecho, el propio Plan de Trabajo ya se puede considerar como un
tipo de control previo del trabajo del administrador.
Las actividades que no han
sido planificadas no puede controlarse, porque el control requiere mantener encauzadas
las actividades, corrigiendo las desviaciones de los planes iniciales.
Cualquier intento por controlar sin planes no tendría sentido, habida
consideración a que si no se sabe el lugar al cuál se desea llegar, no es
pos9ible saber si se está en el camino correcto.
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