En esta época en que se comienzan a utilizar las piscinas instaladas en los condominios, es útil pensar que el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para uso de Piscina es una buena alternativa para el condominio.
Efectivamente, de no contar con dicho reglamento, el condominio debe contratar personal de salvamente y de primeros auxilios, durante todas las horas en que la piscina se encuentre en uso, situación que en muchas oportunidades tiene una extensión de más de 9 horas diarias.
Lo anterior puede llegar a implicar la contratación de un doble turno de salvavidas y de personal de primeros auxilios, por supuesto a un costo bastante elevado.
Ese costo se debe financiar por todos los copropietarios de acuerdo a su porcentaje de participación en los gastos comunes, lo que hasta aquí se ve normal.
Sin embargo, lo que en muchas oportunidades genera inconvenientes y puede verse como injusto, es que muchas personas no utilizan nunca esa piscina, sea por su edad ó porque simplemente no la usan, y deben según su criterio, estar financiando las actividades recreativas de terceras personas.
Ante esa situación, nuestro reglamento, va a generar un gasto único y muy bajo comparado con la contratación del personal exigido, ya que su implementación faculta al condominio a no contratar dicho personal, generándose un ahorro bastante significativo.
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