lunes, 15 de diciembre de 2008

Multas

En mi última entrada hablada de tener el cuidado suficiente para que un condominio no quede expuesto a sufrir sanciones administrativas, que en la mayoría de los casos, se traduce como una multa impuesta por un organismo fiscalizador.

Se debe tener cuidado de mantener la documentación laboral que es exigida como a cualquier empleador, como por ejemplo Registro de Asistencia, Contrato de Trabajo actualizado por lo menos una vez al año, las imposiciones pagadas o declaradas, las liquidaciones de sueldos, los Comprobantes de Feriado Legal y otros tipos de permisos, y si tiene 5 o más trabajadores el Libro de Remuneraciones, entre otras obligaciones.

Tambien mantener el Reglamento Interno de Higiene y Seguridad, o de Orden, Higiene y Seguridad, según le corresponda.

Si ocurre un accidente grave o fatal, informar a los organismo que corresponda en forma inmediata, esa infracción, la de no proporcionar la información oportuna, tiene una sanción de más de $ 1.800.000.

Si tiene piscina el condominio regirse por la normativa sobre esa instalación.

Las multas generalmente no son de un valor reducido y facilmente pueden llegar y sobrepasar el millón de pesos, un valor que, si se tienen pocos trabajadores puede incluso, compararse con el total de la planilla mensual de sueldos o sobrepasarla. Entonces no se debe despreocupar esta materia.

Entonces cual es la idea, precaver una infracción cuya sanción implique una multa.

Esa es una actitud que se puede adoptar sin mayores inconvenientes, y luego trabajar en forma más tranquila en otros aspectos que también requieren mucha atención, pero ya con la tranquilidad de tener un aspecto importante resuelto.

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