se debe verificar que sus cotizaciones previsionales se encuentren pagadas totalmente.
Esa es una de las materias sobre las cuales se debe tener cuidado al momento de poner término a un contrato de trabajo.
La segunda es, por supuesto, comunicar por escrito al trabajador, la determinación de poner término a la relación laboral.
Otra es que los hechos en los que se fundamente el despido sea concordante con una o mas causales de aquellas contempladas en el -por ejemplo- artículo 160, del código del trabajo, ya que como sabemos es posible invocar una o mas causales.
También se debe tener la precaución de indicar el valor total que se pagará al momento de firmar el respectivo Finiquito, siempre que no se presenten inconvenientes y el trabajador acepte la causal invocada y los montos señalados.
Si todo termina bien en la Conciliación, finalmente se puede tambien cambiar la causal por la de Acuerdo entre las partes.
Si luego del comparendo de conciliación en la Inspección del trabajo, todo ello, no resulta, se debe llegar a un juicio laboral, razon por la cual, los antecedentes que se han indicado a comenzar esta Entrada, deben estar correctamente ejecutados.
Aún cuando pareciera innecesario, se debe señalar que una de las materias importantes, es tener el Contrato de Trabajo, escrito y firmado por el trabajador.
Actuando correctamente, es posible en primer lugar poner termino a una relación laboral, y luego, en caso de denuncia en la inspección del trabajo, llegar a un acuerdo en esa instancia, y no seguir adelante, lo que es desgastante tanto para el trabajador como para el empleador.
En estos temas laborales, siempre se debe trabajar con mucho cuidado.
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