Esta es una preocupación que deben comenzar a pensar desde ya y muy bien, todos los empleadores.
Ello en atención a al proyecto de ley que busca sancionar a aquellos empleadores que mantengan a sus trabajadores en el lugar de trabajo, luego de haberse cumplido la jornada ordinaria o extraordinaria de trabajo, segun el caso.
Y la multa que se quiere imponer es de 50 UTM por cada hora de exceso o fracción superior a media hora, en que no se haya cumplido la jornada de trabajo. Esto es en forma aproximada $ 1.760.000
Entonces, desde ya es recomendable comenzar a pensar -solo aquellos empleadores que no cumplen con la jornada de trabajo- la forma de no cometer está infracción, cuando por cierto -eventualmente- se convierta en ley de la República la inicitaiva comentada.
Las multas al estar expresadas en unidades monetarias diferentes al peso, tambien sufren las consecuencias de la inflación, y aquellas por ejemplo que hace algunos meses el maximo era de unos $ 630.000, hoy el maxímo ya son mas de $ 680.000
Entonces atencion al cumplimiento de la normativa laboral.
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