domingo, 1 de julio de 2007

Reglamento Internos

En el último mez nos han llegado varias solicitudes para implementar Reglamentos Internos, sea de Higiene y Seguridad o de Orden, Higiene y Seguridad.

En muchas entradas anteriores he comentado la diferencia entre ambas, y aún se puede observar mucho desconocimiento entre ambos reglamentos, y no estoy hablando de personas que en muchas ocasiones no se encuentran preocupadas de la legislación, sino que de profesionales que asesoran a sus clientes en esta materia legal.

Ahora tambien ya sabemos que desde Enero esta rigiendo la obligación de implementar un Reglamento Especial para Contratistas y Subcontratistas.

Lo realmente importante en estos reglamentos es la voluntad del empleador de hacer cumplir sus normas, pues si ello no ocurre, es responsabilidad exclusiva del empleador.

Tal vez para muchos empleadores esta materia pareciera que no es importante, craso error. Y ello se verifica, con dolor, cuando ocurre un siniestro grave en las empresas, y que además no tienen implementado el Reglamento que les corresponda.

Es, en ese preciso momento, cuando se dan cuenta de su importancia, cuando ya es demasiado tarde.

Si su Condominio no lo tiene implementado, exija que lo hagan, si su empresa no lo tiene implementado, la recomendación es: hagalo ahora.

Puede ver mas información en www.eladministrador.cl

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