viernes, 26 de septiembre de 2014

Reglamento de piscina

Ayer solamente en una Asamblea de Copropietarios se trató el tema de la implementación de éste Reglamento.
Una de las opiniones fue que cuando ocurre un accidente con resultado fatal, la autoridad comienza la fiscalización en forma masiva y allí, muchos salen sancionados en forma administrativa. 
Otra que se tenían los elementos de protección que había solicitado la autoridad y que por ello no sería necesaria la implantación del Reglamento.
El intercambio de opiniones se mantuvo por algunos minutos, también se comentó el costo entre la contratación de personal exigido en caso de no tener el Reglamento, y el costo en caso de implementar el Reglamento, también salió a relucir el tema de las visitas que pueden usar la piscina. Complicado éste último tema que necesariamente, se concluyó, debe estar normado.
En definitiva, se definió que la mejor alternativa es la implantación del Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para el uso de la piscina, tanto por la variedad de normas de uso, de prevención, de prohibiciones y eventualmente de protección de la responsabilidad legal del condominio.
Los mismos motivos que también en el día de ayer, comenté con un miembro de un Comite de Administración que me llamó, desde una ciudad costera de la Quinta Región, para solicitarnos la confección de éste Reglamento e información de otros servicios que podemos prestar a los condominios. Hoy volvimos a conversar y al parecer el Reglamento me lo solicitarán no para uno sino que para varios condominios.Comentamos entre otros temas, un accidente de un joven que ocurrió en el condominio ubicado enfrente del suyo, y que fue muy noticioso, ya que es un edificio muy conocido.
También conversamos de otros servicios que le indicamos como por ejemplo la confección del Plan de Emergencias y charlas de capacitación.
Ésta es la época en que se debe trabajar éste tema, en muchos condominios está comenzando el período de funcionamiento de las piscinas, y lo más recomendable es comenzar bien preparados y nada mejor que con la implantación del Reglamento Interno de Piscina.

domingo, 21 de septiembre de 2014

El Reglamento para Piscinas construidas en los condominios

Si no existe un Reglamento de Higiene y Seguridad para el uso de la piscina existente en su condominio, inevitablemenbte más temprano que tarde, se generarán conflictos entre los usuarios y la administración, sea por los días de uso, por los horarios, porque se desea que la usen las visitas, por el tiempo de mantención, y un sinnumero de otras situaciones.
El Reglamento aclara todas esas situaciones y otras tantas, en forma previa al uso. Ello permite evitar los conflictos y por supuesto generar un clima más ármonico y ciertamente más seguro e higiénico.
La Piscina es una instalación de agrado y descanso que todos desean disfrutar, pero que al mismo tiempo genera muchos riesgos de accidentes y enfermedades, y más aún cuando no existen normas sobre su uso, y se tiene la sensación que cada cual puede hacer lo que se quiere.
El Reglamento entre otras situaciones se encarga de entregar las normas de uso, de higiene y de prevención de accidentes en el agua. Pero también es una barrera para en cierta medida, proteger la responsabilidad legal del condominio, respecto a eventuales accidentes que pudieran ocurrir en la piscina.
El propietario de la piscina es la comunidad de copropietario, y ella es la responsable de lo que ocurra allí, por ello es importante la implantación de éste Reglamento Interno de Higiene y Seguridad para píscinas de uso público restringido.
En otro sentido, si el condominio no tiene éste reglamento necesariamente debe contratar personal salvavidas y de primeros auxilios, situación a la que me he referido anteriormente en otras Entradas.
Ahora bien, teniendo este personal, es de todas formas díficil que ellos puedan entregar las normas de uso a los usuarios, toda vez que en primer lugar no estan contratados para ello ni es su labor principal, y en segundo lugar, se podría ver una situación casí ridicula, al ver a esas personas entregando instrucciones varias veces y todos los días.
Si en su condominio no se ha implementado éste Reglamento de Higiene y Seguridad para la piscina, éste es el momento adecuado para hacerlo, está comenzando la temporada de uso de las piscinas y tener las normas claras, siempre va a constituír una buena desición.
  
 

jueves, 18 de septiembre de 2014

204 años de vida independiente????

Asi señaló la Presidenta en el día de hoy.
La verdad es que son solamente 196, recién los 200 años de Independencia se celebrarn al 12 de Febrero de 2018, cuándo se cumplan los 200 años desde la publicación del Acta de Independencia de Chile.
El 18 de Septiembre del año 2010, se juró lealtad al Rey de España y a proteger sus dominios hasta derramar la última gota de sangre.
Existe en esa declaración alguna evidencia de independencia, en mi opinión, ninguna, más bien una fuerte declaración de sumisión a una autoridad hasta ese momento vigente.
Creo que los 200 años deben celebrarse y darse a conocer con todo, pero exactamente cuando corresponda, y cada año, a lo menos una breve ceremonia para recordar la fecha tam importante para la historia de Chile y de cualquier nación, como lo es la fecha en que se declaró su Independencia, y en Chile ellos e hizo el 12 de Febrero de 1818, incluso meses antes de la Batalla de Maipú.

Seguridad Privada para Organizaciones

Tal como se ha indicado en el título de ésta Entrada, se denomina el nuevo software que se tiene a disposicion de las organizaciones.
La planificación es un buen primer camino a seguir, cuando se desean obtener resultados acordes a lo esperado y en muchos casos acordes a los servicios ofrecido.
Si no se planifica, ¿que se va a coordinar?; ¿qué se va a dirigir? y ¿qué se va a controlar?.
Pero antes de ello, si no se planifica, el usuario o quien tenga la responsabilidad de administración, ¿conocerá bien el lugar, edificio o instalación sobre la cual es responsable?, en mi opinión no debe conocerla, y si la conoce debe conocer además de todas las debilidades que presenta la instalación y las necesidades requeridas pero, las ha escrito, las ha dado a conocer?
La planificación, y mejor aún, la buena planificación, será de una ayuda muy eficaz al momento de adoptar las desiciones sobre las adquisiciones y acciones que deben adoptarse a objeto de prevenir, reducir, mitigar, los efectos de las acciones o actos en contra de la seguridad de las instalaciones sobre las cuales es responsable.
Veamos un ejemplo sencillo, que aún cuando no es una obligación legal, si debiera estar presente en los administradores de edificios.
Identifique alguno de los edificios que administra, y sobre él señale las barreras naturales si existen, las barreras humanas o animales, las barreras físicas, y las barreras tecnológicas. pero antes de ello además, señale cuales son los riesgos a los cuales se encuentra expuesto el edificio, las medidas y medios de seguridad, las funciones de quienes allí trabajan y son sus subordinados y los protocolos de actuación para cada caso que deban enfrentar.
El software Seguridad Privada para Organizaciones le va ser de una gran ayuda en todo ese trabajo.
editor   

lunes, 8 de septiembre de 2014

Una ayuda imprescindible en seguridad

La planificación es importante en cualquier ámbito de las actividades administrativas.
Por ejemplo en desarrollar un buen Plan de Emergencias en un condominio o empresa, un buen Plan de Emergencias de Protección Civil, en una comuna, un buen Plan de Continuidad de Operaciones, en cualquier organización que deba seguir funcionando en forma continua luego de ocurrida alguna emergencia grave.
Y por supuesto un Plan de Seguridad Privada.
Pero un Plan de Seguridad bien efectuado, completo, que abarque las diferentes áreas de la organización y los diferentes riesgos a los cuales se puede ver enfrentada.
Un ejemplo, el atentado ocurrido en la tarde de hoy en la ciudad de Santiago, que ha dejado ya una decena de personas heridas.
Es importante destacar que es esta situación no se ha dirigido el atentado en contra de una organziación en particular, sino que más grave aún -en mi opinión- ha sido con el objetivo de generar miedo en la comunidad en general, que además, se constituye en un hecho importante que perjudica enormemente al país, a nivel internacional
Nuestro software Plan de Seguridad Privada para organizaciones, con toda seguridad le va ser de una ayuda fundamental en su trabajo de planificación en esta materia tan importante.
Al menos ya ha sido adquirido por algunoas asesores de seguridad, que sin conocer de antemano el contenido del software han comentado que satisface en forma amplia sus aspiraciones y que es más de lo que estaban esperando del software.
Luego de las fiestas patrias se efectuará una presentación a través de internet en donde se mostrarán algunas de las potencialidades que pueden desarrollarse con el uso de ésta aplicación.
Mientras tanto, se tiene una oferta bastante provechosa, por solamente el valor del software Plan de Seguridad Privada, se le entrega en forma totalmente gratuita, el software Plan de Autoprotección, que tiene un valor superior a los $ 400.000.
Si desea más antecedentes, puede escribir a editor@eladministrador.cl